TABACO. LA FAMILIA DEL FALLECIDO RECURRIRA LA SENTENCIA QUE ABSUELVE A ALTADIS POR UN CASO DE TABAQUISMO
-El veredicto del Juzgado de Primera Instancia número 34 de Barcelona rechaza que exista relación drecta y exclusiva entre el tabaco y el cáncer de pulmón
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El abogado de la familia Carramiñana, Gustavo Cirac, recurrirá la sentencia que absuelve al Grupo Altadis de la primera demanda por tabaquismo interpuesta en España, al considerar que va en contra de la literatura científica y no tiene en cuenta la adicción que genera el consumo de tabaco.
El veredicto del Juzgado de Primera Instancia, número 34, de Barcelona, rechaza que exista relación "directa y exclusiva de ausalidad" entre el hábito de fumar de Emilio Carramiñana y el cáncer de pulmón a consecuencia del que falleció.
La juez plantea que existen "otros factores de riesgo además del tabaco y que los estudios epidemiológicos que vinculan este producto a diversas enfermedades representan "probabilidades de la causa de la muerte, pero no certeza".
El abogado argumenta en contra que, aunque no se puede demostrar la causa de una enfermedad genética u orgánica, la ciencia recurre al argumento estadístico oepidemiológico para acharla, "lo que entiendo que hemos probado".
ADICCION
La juez reconoce que fumar puede ser un factor de riesgo para determinadas enfermedades, especialmente si se consume en exceso. Por lo tanto, concluye que "fumar los cigarrillos contenidos en tres paquetes", como testificó la mujer del fallecido, "no es un consumo moderado y, esta opción personal, en la que consiste fumar, tendría que asumirse con responsabilidad y mesura".
El abogado de los demandantes rechaza totalment este argumento, dado que el tabaco genera adicción y no se puede hablar de que una persona fume voluntariamente, "además nadie le avisa de que el día que quiera dejar de fumar no podrá hacerlo", añadió.
Por lo tanto, entiende que la empresa que vende el tabaco tiene la obligación de advertir del riesgo de adicción que genera, "porque obliga al fumador a ser su cliente, aunque no lo desee", dijo.
Este veredicto coincide con los dos anteriores, dictados en el 2000 en Madrid y en Palma de Mallorca,en las que tampoco encontraron nexo causal entre el tabaco y el Síndrome de Buerger.
(SERVIMEDIA)
15 Mar 2001
EBJ