SUSPENDIDOS DE EMPLEO Y SUELDO LOS 2 POLICIAS NCARGADOS DE CUSTODIAR A LA JOVEN BRASILEÑA VIOLADA EN UNOS CALABOZOS

MADRID
SERVIMEDIA

La Unidad de Régimen Disciplinario de la Dirección General de la Policía suspendió hoy de empleo y sueldo a los dos funcionarios encargados de la custodia de los calabozos de la comisaría de Bilbao, en los que fue violada una joven brasileña, en agosto de 1995.

Según informó hoy la Dirección General de Policía, tras examinar los contenidos de la sentencia dictada por la sección 29 de la Audiencia Povincial de Vizcaya, confirmada por el Tribunal Supremo, por la que se absolvía al policía Valentín G.G. como autor de un presunto delito de agresión sexual y a los agentes José Luis F.R. y Arturo S.P., encargados estos dos últimos de la custodia de los calabozos de la Jefatura Superior de Bilbao, el departamento ha decidido adoptar esta medida.

La suspensión, de acuerdo con las mismas fuentes, se realiza teniendo en cuenta el relato de los hechos y la fundamentación jurídica de ambas resoluciones judciales, en las que consta que a la hora en que los dos agentes prestaban servicio de custodia en los calabozos, accedió a estos un tercer policía, sin que por parte de los encargados de la vigilancia se identificara al citado policía, ni se informara a la superioridad de la visita al lugar en el que estaba arrestada la mujer brasileña.

La DGP ha atendido además, para tomar esta decisión, a que desde el lugar que prestaban el servicio de seguridad, debieron tener contacto visual con el agresor, infringendo de manera grave no sólo los deberes de custodia sino los de colaboración en la investigación de los hechos e identificación del autor de la agresión sexual, y en función de la propuesta del instructor del expediente.

Por todo ello, tanto José Luis F.R., oficial del Cuerpo Nacional de Policía adscrito a la Jefatura Superior de Policía de Bilbao, como el policía de escala básica del mismo cuerpo Arturo S.P., con destino en la comisaría de Córdoba, han sido suspendidos desde hoy de sus funciones.

La DGP justifica la resolución de este expediente, casi cuatro años después de producirse los hechos, en que no se podía hacer viable antes de hubiera sentencia firme en el ámbito penal.

(SERVIMEDIA)
27 Mayo 1999
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