EL SUPREMO REVOCA LAS SANCIONES A LOS COLEGIOS DE AGENTES INMOBILIARIOS POR DENUNCIAR CASOS DE INTRUSISMO PROFESIONAL
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La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha anulado las sanciones a varios colegios y al Consejo General de Colegios de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (API) por denunciar en1998 varios casos de intrusismo profesional que les impuso el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC).
El TDC sancionó a los API por insertar en prensa determinados anuncios sobre la actividad de mediadores inmobiliarios no titulados. El TDC consideró que tales anuncios falseaban la competencia porque, cuando fueron publicados, la actividad de intermediación inmobiliaria, a su juicio, estaba liberalizada.
Sin embargo, esto no sucedió, según el Supremo, hasta el año 2000, con el Decreto-Ley 4/2000, de 23 de Junio, que liberaliza el sector de la intermediación inmobiliaria, por lo que los colegios tenían base legal para sus denuncias.
El Consejo General de los API "valora con enorme satisfacción esta sentencia del Tribunal Supremo y la juzga como un acto de reparación histórica a una profesión y a unos colegios que fueron injustamente tratados por el TDC en aras de una visión inadmisible de la libre competencia y con total desprecio a los principios básicos del Estado de Derecho".
El Consejo General y los colegios afectados manifiestan que los daños morales ocasionados a la imagen de la profesión de API, de sus instituciones y de sus colegiados "son irreparables", porque consiguieron preparar el camino para el vigente Real Decreto-Ley 4/2000, "norma que desprofesionalizó el mercado inmobiliario, dejó inerme al consumidor frente a mediadores a los que no se exige ningún tipo de formación ni garantía y convirtió la adquisición de vivienda en una aventura de alto riesgo".
(SERVIMEDIA)
01 Abr 2005
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