EL SUPREMO REDUCE DE 10 A 8 AÑOS LA PENA DE CARCEL PARA UN HOMBRE QUE ROBO Y MATO A UNA ANCIANA - Argumenta que actuó bajo el efecto de las drogas y que no tenía intención de acabar con la vida de la víctima

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha reducido de diez a ocho años de prisión la pena impuesta a un toxicómano que produjo la muerte a una anciana a la que robó menos de seis euros, dos anillos y un par de pendientes. Los magistrados argumentan que actuó bajo el efecto de las drogas, lo que mermaba su voluntad.

Los hechos que han dado lugar a la setencia se remontan a las 14 horas del 26 de mayo de 2000 y ocurrieron en Las Palmas de Gran Canaria, cuando Gilberto Romero Rodríguez entró en la casa de la víctima, "con ánimo de beneficiarse ilícitamente de lo ajeno", aprovechando que la verja del patio del inmueble estaba entreabierta y que la puerta de acceso al inmueble tenía una aldaba puesta.

"El acusado, antes de entrar, preguntó si le daban algo de dinero, contestándole una voz de mujer mayor, que le dijo que no tenía dinero y que no podía aydarle", por lo que el ahora condenado decidió pasar al interior del inmueble, colocándose un pasamontañas que llevaba en la mochila.

Así, Gilberto Romero tapó la boca y la nariz a la víctima, una mujer de 70 años, Antonia García Padrón, a la que también ató de pies y manos. Acto seguido le preguntó si tenía joyas y dinero, a lo que la anciana respondió negativamente.

El condenado decidió entonces quitarle un anillo que tenía puesto y registrar la casa, de la que pudo sustraer otra sortija más, unpar de pendientes y 900 pesetas en moneda fraccionada, antes de salir corriendo, ante la cercanía de unas personas, y dejar a la anciana atada y amordazada en la cama.

La mujer murió asfixiada, debido a la mordaza que el ya condenado le había colocado en la boca y en la nariz. La sentencia señala que, si bien la muerte "no fue buscada de propósito" por el reo, lo cierto es que éste "se desentendió total y absolutamente de la víctima".

La Audiencia Provincial de Las Palmas condenó a Gilberto a sei años de cárcel por un delito de robo con violencia y detención ilegal, y a cuatro más por homicidio imprudente. Además, fue castigado a indemnizar con 150.000 euros (25 millones de pesetas) a la familia de la víctima.

Sin embargo, el Supremo considera que la Audiencia Provincial de Las Palmas debió tener en cuenta la condición de toxicómano de del acusado, puesto que el Código Penal recoge como atenuante el estar bajo los efectos de la droga, como se encontraba Gilberto Romero en el momento de los hehos.

En este sentido, recuerda que, según los informes médicos, es posible que en el moemnto de los hechos Gilberto Romero padeciese un síndrome de abstinencia "muy grave", que, aunque no anula sus facultades intelectivas y volitivas, sí puede mermarla.

Con estos argumentos, el Atlo Tribunal reduce de 10 a 8 los años que Gilberto Romero debe cumplir en prisión por los hechos descritos, aunque mantiene la indemnización fijada para la familia de la víctima.

(SERVIMEDIA)
30 Ago 2001
VBR