EL SUPREMO REBAJA DE 20 A 14 AÑOS LA CONDENA A UN HOMBRE QUE ABUSO DE SUS DOS HIJOS, DE 10 Y 14 AÑOS
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rebajado de 20 a 14 años de prisión la condena impuesta a un hombre que abusaba sexualmente de su hijo y su hija cuando tenían 14 y 10 años de edad, respectivamente, al considerar que las agresiones a la niña no fueron continuadas.
Los hechos probados recogidos en la sentencia de a Sala de lo Penal establecen que el condenado, José Ramón Azcona, de carácter agresivo y que se emborrachaba habitualmente, lo que hacía aumentar su agresividad pero no alteraba su voluntad, amenazaba a su esposa y sus hijos, que le temían.
Aprovechando la ausencia de su mujer, se introducía en la habitación de su hijo, a quien masturbaba y besaba. En otras ocasiones, aguardaba en el portal del edificio para abusar de la misma manera del menor.
En cuanto a la hija, el tribunal considera probado ue el padre se instroducía en su habitación, donde la besaba en la boca y le tocaba sus órganos genitales con los suyos, "llegando en una ocasión a introducirle los dedos y el pene en la vagina, pero sin eyacular". Además, obligó a la menor a "besarle y chuparle el vientre y el pene".
La sentencia recoge que cuando la madre, "de más débil carácter" que el acusado, encontró a su marido en la cama de la hija, el condenado la amenazó con tirarla por la ventana, y dijo que el hijo era un "cabrón que se deaba masturbar por él y le gustaba".
La madre, tras oir de boca de sus hijos los abusos a los que habían sido sometidos, denunció los hechos a la Guardia Civil, que detuvo al acusado.
José Ramón Azcona fue condenado por la Audiencia provincial de Pamplona a diez años de prisión por un delito de abuso sexual continuado y otros diez por agresión sexual continuada, además de prohibirle durante cinco años acudir a la vivienda de sus hijos y obligarle a pagar dos millones de pesetas a cada uno de ellos
No obstante, el Supremo considera que las agresiones sexuales a la niña no fueron continuadas, pues, pese a la variedad de actos a los que fue sometida la menor, se trata de un hecho delictivo, por lo que rebaja la pena al acusado de 10 a 4 años, con lo que el total de la condena se queda en 14 años de cárcel.
(SERVIMEDIA)
09 Nov 1999
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