EL SUPREMO ORDENA PRACTICAR UNA PRUEBA ANTES DE DECIDIR SI TRAMITA LA REVISION DE LA PENA CAPITAL DE SALVADOR PUIG ANTICH
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Pleno de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha ordenado practicar una prueba antes de decidir si tramita la revisión de la pena capital impuesta al anarquista catalán Salvador Puig Antich, que fue ejecutado el 2 de marzo de 1974 mediante garrote vil.
Según informaron fuentes del Alto Tribunal, la Sala de lo Militar acordó hoy la práctica de la "prueba pericial infográfica" solicitada por la familia de Puig Antich para demostrar la inocencia de éste.
Los magistrados han adoptado esta decisión en virtud del artículo 957 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que "la sala, previa audiencia del Ministerio Fiscal, autorizará o denegará la interposición del recurso" u que "antes de dictar la resolución, la sala podrá ordenar, si lo entiende oportuno y dadas las dudas razonables que suscite el caso, la práctica de las diligencias que estime pertinentes".
Una vez practicada esta prueba, los magistrados de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo continuará con las deliberaciones para decidir si revisa o no la condena que llevó a la ejecución de Puig Antich.
El recurso de revisión contra la citada condena de muerte fue planteado por la familia de Puig Antich, a quien la justicia militar del franquismo condenó por el asesinato del policía Francisco Anguas Barragán.
Según establece el artículo 954.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el recurso de revisión, que tiene carácter extraordinario, tiene lugar "cuando después de la sentencia sobrevenga el conocimiento de nuevos hechos o de nuevos elementos de prueba, de tal naturaleza que evidencien la inocencia del condenado".
La Fiscalía de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha informado en contra de la admisión a trámite del recurso de revisión.
(SERVIMEDIA)
01 Feb 2006
VBR