Educación

El Supremo obliga a resarcir a un joven con síndrome de Down al que se negó educación inclusiva

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha establecido el "carácter vinculante y obligatorio" de un dictamen de la ONU que reconoció el derecho a la educación inclusiva de Rubén Calleja, joven leonés con síndrome de Down, que en 2011 fue excluido de la escuela ordinaria y solo se le ofreció ir a un centro especial.

Así se recoge en una sentencia de la Sección Carta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, que fue acordada por el voto favorable de cuatro magistrados y el rechazo de otro. En esta resolución se establece que "no puede privarse de efecto" el dictamen" de la ONU que en 2020 declaró a España responsable de vulnerar los derechos de este menor y le instó a tomar medidas reparadoras.

El Supremo se pronuncia así sobre la batalla legal que la familia de Rubén Calleja inició en 2011, cuando fue excluido de la escuela ordinaria y solo se le ofreció ir a un centro especial. Los padres recurrieron entonces al Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, que dieron la razón a los recurrentes.

La familia se dirigió entonces a diversas instancias, como el Ministerio de Justicia, que no respondió, y la Audiencia Nacional, que dictó sentencia en 2022. Este último órgano jurisdiccional cuestionó el valor vinculante de los dictámenes de la ONU y existencia de un nexo causal entre las resoluciones judiciales y un presunto funcionamiento anormal de la Administración de Justicia española.

“NO HAY OBSTÁCULO”

Sin embargo, el Supremo argumenta que, según la legalidad nacional, las decisiones de los órganos internacionales cuyas competencia ha aceptado España "forman parte de nuestro ordenamiento interno". La Sala Cuarta Contencioso-Administrativa rebate así el criterio de la Audiencia Nacional, que consideró que el dictamen de la ONU pedía revisar sentencias firmes sobre el caso de Rubén, algo no contemplado en España.

El Supremo replica que "no hay obstáculo" para que la vulneración de derechos que declaró el comité de la ONU "pueda y deba ser un elemento determinante para acreditar la posible vulneración de los correspondientes derechos fundamentales" del menor. Además, recuerda que España aceptó la competencia de ese comité, por lo que "no puede privarse de efecto a su dictamen".

(SERVIMEDIA)
20 Dic 2023
NBC/gja