EL SUPREMO MULTA A UN ALCALDE POR TOMAR REPRESALIAS CON UNA FUNCIONARIA A LA QUE ACUSABA DE VAGA Y MANIATICA

MADRID
SERVIMEDIA

Un ex alcalde de la localidad de Cambados (Pontevedra) deberá pagar una multa por no readmitir a una funcionaria del ayuntamiento a la que cambió de destino después de decirle por escrito que los ciudadanos no deben pagar con sus impuetos "los caprichos de una persona maniática" que no rendía adecuadamente en su trabajo, según una sentencia del Tribunal Supremo.

La sentencia de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal relata que el acusado, que ejercía las funciones de alcalde por enfermedad del titular del consistorio, había impuesto diversas sanciones a una funcionaria con destino en ese ayuntamiento, que habían sido sucesivamente anuladas por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Entre las sanciones figuraban suspensions temporales de funciones, descuento en la nómina de conferencias telefónicas y el traslado de su puesto de trabajo en las oficinas municipales a las de la Casa de Cultura y la Biblioteca Municipal. Todas ellas habían sido dejadas sin efecto por el Tribunal Superior de Justicia, pero el alcalde se negó a cumplir estos dictámenes y no readmitió en su puesto a la funcionaria.

Además, el alcalde había remitido a la funcionaria escritos en los que decía que "si hay algo que lamentar es que los combadeses os veamos obligados a sostener con los impuestos que pagamos los caprichos de una persona maniática", y le espetaba que "su locomotora lleva mucho tiempo en vía muerta".

Entre las frases que el alcalde dedicó a su subordinada figuraban algunas como "para rematar, me veo obligado a hacer hincapié en la consideración de que, dada la osadía e ignorancia que demuestra con sus escritos, de acceder a lo que solicita lo más probable es que en poco tiempo daríamos con nuestros huesos en la cárcel, incluida esa informada y laboriosa trabajadora". Además, le pedía que justificase el sueldo mensual que cobraba, "porque cualquier persona en su caso sentiría reparos o vergüenza".

Ante la negativa del alcalde a readmitir a la funcionaria en su anterior puesto, como ordenó el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el Supremo le condena por un delito de desobediencia a pagar una multa de 90.000 pesetas, además de inhabilitarle para ocupar el cargo de alcalde durante seis meses.

(SERVIMEDIA)
24 Jul 2000
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