EL SUPREMO MULTA CON 100.001 PESETAS A UNA EMPRESA QUE IBA A VENDER 900 KILOS DE ACEITE DE SOJA COMO SI FUESE DE OLIVA

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo multó hoy con 100.001 pesetas a la empresa Conservera Santñesa S.A., que etiquetó 900 kilos de aceite de soja para distribuirlo como aceite de oliva refinado.

Tras una inspección en los locales de la empresa, donde se localizaron los 900 kilos de aceite, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación multó a la conservera con un millón de pesetas, sanción que fue anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Este tribunal argumentó que la competencia para actuar en este caso la tenía la Administración Autonómica, no la Central, y que nose podía probar que la empresa hubiese alterado o manipulado el producto. Añadió que, en todo caso, sólo podía apreciarse negligencia de la empresa por no analizar la pureza de las materias primas, es decir, del aceite de soja.

El Supremo señala que sí se trata de una competencia del Estado, al tratarse de materia agroalimentaria, por lo que revoca en parte la decisión del Tribunal de Cantabria. Asimismo, admite que hubo negligencia de la empresa al no analizar la procedencia y pureza de las materias rimas, por lo que "esta actuación cabe calificarla como defraudación".

Sin embargo, le impone la mínima sanción autorizada por la norma, por considerar que, aunque la partida estaba dispuesta para su uso, no llegó a distruibuirse para su venta a los consumidores, lo que impidió que el delito tuviera mayores repercusiones.

(SERVIMEDIA)
29 Abr 1999
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