EL SUPREMO LIBERA DE LLEVAR CORBATA EN VERANO A LOS VIILANTES DE UNA EMPRESA DE SEGURIDAD PRIVADA
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La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia por la que reconoce el derecho de los vigilantes contratados por la empresa Securitas Seguridad España en Barcelona a no llevar cobarta con el uniforme de verano.
En la sentencia, hecha pública hoy, el Supremo recuerda que la indumentaria de los vigilantes de seguridad privada está regulada por la Orden del Ministerio de Justicia e Interior de 7 de juliode 1995, la cual establece que este tipo de trabajadores llevarán en verano el mismo uniforme que en invierno, "a excepción del anorak, cazadora, corbata y las medias panty", sustituyéndose la camisa de manga larga por otra de manga corta.
De este modo, el Supremo ha confirmado la sentencia dictada en su día por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, fallo que fue recurrido por Securitas, alegando que la Sala de lo Social no podía juzgar una cuestión que, según su criterio correspondía al ámbito administrativo o laboral.
(SERVIMEDIA)
29 Mar 2000
VBR