EL SUPREMO IMPIDE SUBIR LA TASA MUNICIPAL POR PONER UN MERCADILLO EN LA CALLE
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado una decisión del Ayuntamiento de Santa Susanna (Gerona) de subir el precio que cobra por el alquiler de la vía pública para colocar puestos de venta ambulante.
El Alto Tribunal anula asi la dcisión consitorial de subir de 200 a 700 pesetas por metro lineal y día la tasa que cobra por situar puestos comerciales en la calle, tras la demanda interpuesta por la Asociación Provincial Autónoma de Comerciantes no Sedentarios de Gerona contra este encarecimiento.
El ayuntamiento justificó esta subida argumentando que, a diferencia de otros municipios, el mercadillo se sitúa en zona de playa y se traslada de los martes a los sábados, día de mayor afluencia turística, con lo que los beneficios de ls vendedores son mayores. Prueba de ello, añade, es que pese al aumento de la tasa hay listas de espera para alquilar los puestos.
No obstante, el Alto Tribunal señala que la cantidad que pretende cobrar el Ayuntamiento "no guarda la debida equivalencia con el valor de mercado tomado como referencia, que era de 10.990 pesetas el metro cuadrado en venta, sin que se justifique aquélla cuantificación "con el escueto informe del arquitecto municipal (...) ni tenga el valor jurídico inherente al estudio ecnómico legalmente exigido".
Así, el Supremo da la razon al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que anulaba la subida del precio de alquiler de la via pública para la venta ambulante decretada por el municipio de Santa Susanna.
(SERVIMEDIA)
02 Jul 2000
E