EDUCACIÓN

EL SUPREMO IMPIDE PASAR A SEGUNDO DE BACHILLERATO CON CUATRO SUSPENSOS

- Anula el real decreto que estableció esta posibilidad

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado en una sentencia hecha pública hoy el artículo 14.2 del Real Decreto 1467/2007, con lo que impide pasar a segundo de Bachillerato a los alumnos que tengan cuatro asignaturas suspensas.

En concreto, los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, presididos por el juez Ricardo Enríquez, han estimado el recurso interpuesto por la Federación Española de Religiosos de Enseñanza Titulares de Centros Católicos (FERE-CECA) contra la citada norma.

El artículo anulado establecía como novedad que los alumnos de 1º de Bachillerato que no promocionasen a 2º curso por tener tres o cuatro materias suspensas, podían optar por repetir el curso en su totalidad o por matricularse en dichas asignaturas pendientes y ampliar la matrícula con dos o tres materias de 2º curso.

El Alto Tribunal considera que esta regulación reglamentaria "carece de cobertura legal y altera, por completo, el régimen regulador de la Ley Orgánica de Educación", y añade que con ella "la Administración no ha respetado la Ley". En base a este argumento, los magistrados han decidio anular y dejar sin efecto el citado artículo 14 del Real Decreto, que fue aprobado el 2 de noviembre de 2007.

Además, la sentencia señala que "no incumbe a esta Sala decidir si tal opción confiere mejor respuesta a la problemática de la enseñanza del Bachillerato en España (la elevada tasa del fracaso escolar destacada por el Abogado del Estado) otorgando la 'flexibilidad' aplaudida por algunos componentes de la Conferencia Sectorial de Educación".

Ahora el Ministerio de Educación debe clarificar si estos alumnos podrán cursar sólo las materias suspensas o deberán repetir todo el curso.

(SERVIMEDIA)
10 Mar 2009
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