EL SUPREMO FIJA MAÑANA SU POSICION SOBRE LA FALSEDAD DOCUMENTAL
- Se reune el Pleno de la Sala de lo Penal para fijar jurisprudencia sobre cómo aplicar estedelito
- Surgieron diferencias de interpretación a raíz de las sentencias de Filesa y Mario Conde
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El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo se reunirá mañana para intentar fijar la posición definitiva del máximo órgano jurisdiccional español sobre el delito de falsedad documental, según informaron a Servimedia fuentes del Supremo.
Todos los magistrados de la Sala estudiarán la consideración de la falsedad documental, debate que ha surgido tras la diferencias de interpretación de este delito en las sentencias de Mario Conde ("caso Argentia Trust") y Filesa.
La sentencia de Conde confirmó la doctrina del Tribunal Supremo que considera despenalizada la falsedad documental cuando ésta es cometida por una persona que no es funcionario, tal y como sucede en los casos del ex banquero y los ex responsables de Filesa.
Además, en cuanto a la llamada falsedad ideológica, el Alto Tribunal recuerda en la sentencia de Conde que ésta, que consiste en mdificar el contenido de una factura para faltar a la verdad en cuanto al objeto de la transacción, ha quedado también despenalizada para los particulares, según el artículo 392 del vigente Código Penal.
De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, es la sentencia de Filesa la que se aparta de la apreciación general del delito de falsedad.
REVISION DE FILESA
La decisión que tomen los magistrados en su reunión de mañana podría dar sentido a la pretensión de revisión de sentencia de los ondenados por el "caso Filesa". De hecho, la mayor parte de la cuantía de sus penas se refiere al delito de falsedad documental, el mismo que el Supremo consideró en la sentencia de Mario Conde que ya no era aplicable a personas que no sean funcionarios.
La sentencia del "caso Filesa" condenó por falsedad documental a 6 años de prisión al ex diputado del PSOE Carlos Navarro y a los responsables de Filesa y Malesa, Luis Oliveró y Alberto Flores, respectivamente. Además, impuso un año de cárcel al ex seador socialista Josep Maria Sala y 2 años y cuatro meses de prisión para la ex secretaria de finanzas del PSOE Aida Alvarez y su esposo, Miguel Molledo, también por falsedad.
Los abogados de éstos, encabezados por Horacio Oliva, presentaron una solicitud de revisión de la sentencia, que el Supremo desestimó no porque no tuvieran razón, sino porque el cambio jurisprudencial no estaba afianzado.
En este sentido, el magistrado Eduardo Móner -ponente de la revisión- aseguró que "no puede afirmarse caegóricamente que se haya consolidado un cambio jurisprudencial en un tema tan disputado", a lo que añadió que para que esto sucediera sería precisa una reunión del Pleno de la Sala de lo Penal del Supremo, la que ahora tiene lugar.
En caso de que se acepte la teoría aplicada en la sentencia de Mario Conde, esta decisión podría afectar a algunos procesos en marcha, como la apelación de José María Ruiz-Mateos por el "caso Rumasa".
(SERVIMEDIA)
29 Oct 1998
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