Tribunales

El Supremo fija que la AEPD puede sancionar por denuncias individuales al documento protección de datos de las empresas

- Revoca la sentencia de la Audiencia Nacional que anuló multas de la Agencia de Protección de Datos al BBVA por importe total de cinco millones de euros

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha establecido en una sentencia que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) puede, a partir de una o varias reclamaciones individuales, extender el objeto del procedimiento sancionador al documento general que define la política en materia de protección de datos de la entidad responsable, cuando se aprecie que las infracciones singulares denunciadas tienen su origen común en dicho documento.

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(SERVIMEDIA)
12 Nov 2024
SGR/clc