CATALUÑA

EL SUPREMO ESTUDIARÁ EL RECURSO DE LA GENERALITATSOBRE REGULACIÓN DE TERAPIAS NATURALES

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo estudiará el recurso de casación presentado por la Generalitat de Cataluña contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de esta comunidadque anula el decreto que pretendía regular las terapias naturales. Así lo aseguró hoy a través de un comunicado el Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España.

El TSJC anuló el mes pasado el decreto que la Generalitat aprobó en enero de 2007 para regular las condiciones del ejercicio de determinadas terapias naturales, al considerar que vulnera la legislación estatal en materia de salud.

El decreto, que pretendía regular el ejercicio de la naturopatía, la kinesiología, la acupuntura y la reflexología podal, entre otras, fue recurrido por el Ministerio de Sanidad, el Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España (CGCFE), la Asociación Española de Fisioterapeutas y el Colegio Oficial de Fisioterapeutas de Cataluña, entre otras organizaciones.

El CGCFE encargó un dictamen jurídico justificativo y contó con el apoyo corporativo del Parlamento Europeo y diversos representantes ministeriales y grupos políticos, ya que considera que afecta gravemente a la seguridad de la salud del ciudadano y repercute directamente en el ejercicio profesional de los fisioterapeutas.

Ante el nuevo recurso presentado por el Ejecutivo regional,el presidente del CGCFE, Pedro Borrego, recalcó que "el marco jurídico de las profesiones sanitarias es competencia estatal, y está expresamente definido en la Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS)".

El máximo representante de los fisioterapeutas españoles alertó del incremento de locales destinados a otro tipo de actividades que recientemente están incorporando servicios como masajes, osteopatía o presoterapia, poniendo en grave riesgo la salud del ciudadano, por lo que denuncia dicha situación para que sea conocida por las Administraciones, dirigentes políticos y la población en general.

Asimismo, recordó que la legislación estatal determina que las actividades sanitarias "sólo puedan ser ejercidas por los profesionales referidos en la LOPS y en los establecimientos debidamente autorizados y reconocidos para tal fin".

(SERVIMEDIA)
30 Jul 2009
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