OPA ENDESA

EL SUPREMO ESTUDIARÁ MAÑANA EL RECURSO DE SÚPLICA DEL GOBIERNO, GAS NATURAL E IBERDROLA

MADRID
SERVIMEDIA

El recurso de súplica debe ser resuelto por el propio Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, es decir, por los mismos 32 magistrados que tomaron la decisión recurrida.

La medida cautelar acordada por el Tribunal Supremo fue recurrida en súplica por el Gobierno, a través del abogado del Estado, por Gas Natural y por Iberdrola.

El recurso del abogado del Estado sostiene que la decisión del Gobierno de aprobar la OPA no perjudica a la competencia, porque los efectos restrictivos quedan compensados por las 20 condiciones impuestas a Gas Natural.

El abogado del Estado considera que el auto del Supremo otorga a los administradores de Endesa un "interés preferente" sobre los accionistas, a quienes, en su opinión, la tramitación de la OPA "no produce ningún perjuicio", sino todo lo contrario, como demuestra el aumento del valor de la acción de Endesa, la OPA de E.On y el dividendo que Endesa ha pagado a sus accionistas.

Por su parte, Gas Natural, cuyos argumentos principales coinciden con los del abogado del Estado, insiste en que la autorización del Gobierno no implicaba un riesgo inminente, ya que la oferta estaba paralizada por el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid desde el mes de marzo.

Gas Natural subraya que son los accionistas de Endesa quienes deben decidir y no los administradores de la eléctrica o sus trabajadores, ni tampoco los consumidores del sector, quienes carecen de "derecho alguno que justifique" la suspensión cautelar de la OPA.

ALEGACIONES DE ENDESA

Por su parte, Endesa argumenta en sus alegaciones contra los recursos de súplica que no ha lugar a los mismos, a los que se opone toda la documentación que ha presentado.

Fue el pasado 21 de abril cuando el Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acordó, tras dos días y medio de debate y por 18 votos a favor y 14 en contra, suspender cautelarmente el acuerdo del Consejo de Ministros relativo a la OPA de Gas Natural sobre Endesa.

No obstante, el Tribunal Supremo condicionó esta medida cautelar al depósito de una fianza de 1.000 millones de euros por parte de Endesa, una caución para cuya garantía valía el aval prestado en su día y por la misma cantidad ante el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid.

Dicho juzgado impuso el 21 de marzo a Endesa una fianza de 1.000 millones de euros para suspender la OPA lanzada por Gas Natural, así como el acuerdo entre esta última compañía e Iberdrola para la desinversión posterior de activos.

(SERVIMEDIA)
18 Jun 2006
VBR