EL SUPREMO DICE A GIL QUE DEBE FACILITAR A LOS CONCEJALES DEL AYUNTAMIENTO DE MARBELLA INFORMACION QUE LE PIDAN
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La Sala de lo Contencionso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias por las que da la razón a cuatro concejales del Ayuntamiento de Marbella a quienes su alcalde, Jesús Gil, había denegado el acceso de la documentación sobre varios acuerdos municipales.
Los hechos se reontan a noviembre de 1994 y a julio de 1995, cuando Jesús Gil dictó sendos decretos por los que denegaba a cuatro conejales información sobre varias actuaciones del municipio marbellí, por entender que no precisaban la documentación solicitada para el desarrollo de su función.
El primero ellos se refería a tres acuerdos de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Marbella, relativos a la anulación de unas certificaciones de descubierto, a la compatibilidad de uno de gasolinera en una parcela y a ladeclaración de compatibilidad para usos industriales de unos terrenos.
El segunda petición de información denegada por Gil se refería los expedientes y resoluciones relativos a un mandamiento de pago por valor de 4.500.000 pesetas.
Para el Alto Tribunal, la decisión de Gil vulnera el artículo 23 de la Constitución Española, que establece el derecho de los ciudadanos "a participar en asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos en elecciones periódicas por sufraio universal".
"La denegación de la entrega -sin otro fundamento que el unilateral criterio del alcalde de considerar no necesaria la documentación solicitada para el desarrollo de la función de los concejales solicitantes- vulneró el derecho fundamental invocado", dicen las sentencias.
Asimismo, recuerda que la ley permite a los concejales "obtener del alcalde cuantos antecedentes, datos e informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación y resulten precisos para el desarrollo de s función", lo que ocurre en este caso.
En este sentido, el Supremo agrega que "no puede calificarse de desmedido o abuso del derecho que les asiste la petición formulada, cuya relación con sus funciones fiscalizadoras y de control de la actividad municipal resulta patente y manifiesta y, por eso, propia del ejercicio de las funciones que les competen" como concejales del Ayuntamiento de Marbella que son.
(SERVIMEDIA)
16 Mayo 2000
VBR