EL SUPREMO DICE QUE LAS "DIVAGACIONES COSTUMBRISTAS" DE JIMENEZ DE PARGA NO LSIONAN LA DIGNIDAD DEL PUEBLO CATALAN
- Archiva la demanda presentada por la Generalitat de Cataluña contra el presidente del Tribunal Constitucional
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La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha archivado la demanda que la Generalitat de Cataluña interpuso contra el presidente del Tribunal Constitucional, Manuel Jiménez de Parga, por considerar que los comentarios que hizo sobre la historia de Cataluña no lesionaron la dignidad del pueblo catalán, y sólo pueden ser tenida como "divagaciones histórico-costumbristas" carentes de contenido ofensivo.
En las polémicas declaraciones que motivaron la demanda de la Generalitat, el presidente del Constitucional dijo que "en el año 1000, cuando los andaluces teníamos docenas de surtidores de agua, en algunas zonas de estas llamadas comunidades históricas ni siquiera sabían lo que era asearse los fines de semana".
Jiménez de Parga defendió que no tiene sentido seguir distinguiendo entre las llamadas "nacionalidades histórics" (Cataluña, País Vasco y Galicia) y el resto.
En una sentencia hecha pública hoy, el Tribunal Supremo argumenta que lo dicho y afirmado por Jiménez de Parga, podrá ser tenido "si acaso como ajeno a los principios de moderación y prudencia, pero nunca -ni por su contenido e intención- como atentatorio a la dignidad y honor del pueblo catalán".
Concretamente sobre las manifestaciones relativas a "ciertas conductas higiénicas", el Supremo señala que "no puede haber un componente de desprecio en él sino, únicamente, una divagación histórica-costumbrista [...], pero nunca constituir una ofensa o afrenta, sobre todo por el dato de decir algo que habría acaecido hace más de diez siglos".
En cuanto a las palabras sobre las nacionalidades históricas, el Supremo señala que, además de ser discutibles, lo cierto es que constituyen "un axioma impregnado de subjetivismo y voluntarismo que nunca podrá suponer un ataque, por mucho que sea el tono irónico que haya empleado en enunciarlo".
(SERVIMEDIA)
05 Ene 2003
VBR