EL SUPREMO DECLARA IMPROCEDENTE EL DESPIDO DE UN VIGILANTE QUE SE QUEDO DORMIDO EN EL TRABAJO
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La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado improcedente el despido de un vigilante jurado que se quedó dormido en su lugar de trabajo. La sentencia sostiene que el guardián no estaba solo y que podía turnarse con su compañero en las vigilancias.
Los hechos que an dado lugar a la sentencia se remontan a la noche del 29 al 30 de marzo de 1997, cuando el inspector de Segur Ibérica S.A. en Ciudad Real se presentó en la Factoría Repsol Butano de Albacete, donde comprobó como el trabajador, a las 5,30 horas, "se encontraba sentado y completamente dormido, en un estado de total inhibición y pasividad en cuanto a la prestación de su servicio". Tres semanas después el vigilante quedaba despedido por haber cometido una "falta muy grave".
Sin embargo, el Alto Tribunl sostiene que el despido fue improcedente, dado que los servicios de vigilancia de la Factoría Repsol Butano de Albacete se realizaban por dos personas que permanecían durante toda la noche en una caseta ubicada dentro de la fábrica.
"En el supuesto de dormir uno de los vigilantes, el servicio queda asegurado por el otro compañero, de modo que el riesgo que pudiera producirse respecto a la seguridad de personas y bienes resulta minimizado por la actuación del otro guardían, que, en caso de peligro,puede despertar y alertar al compañero sobre la contingencia sobrevenida", argumenta el Supremo.
De este modo, el Supremo confirma la sentencia dictada en su día por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, por la que se declaró improcedente el despido del vigilante dormido y se obligó a Repsol Butano a readmitir al trabajador o bien a indemnizarle con 2.155.140 pesetas, además de pagarle los salarios desde el día del despido hasta la notificación de la sentencia
(SERVIMEDIA)
18 Jul 2000
VBR