EL SUPREMO DA A UN MATRIMONIO DE LERIDA LA PATRIA POTESTAD SOBRE SU SOBRINA

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha otorgado a un matrimonio de Mérida la patria potestad sobre su sobrina de dos años, por entender que el padre no cumplió con sus deberes.

Según la sentencia, hecha pública hoy, los padres de la pequeña decidieron en día separarse de muuo acuerdo, estando la madre aún embarazada.

El padre, José Pidal Piqué, "se desentendió de su futura prole", no asistió a su nacimiento, ni a su bautizo, ni intentó cumplir con sus deberes paternofiliales, visitando a la pequeña o haciendo frente a la correspondiente pensión alimenticia.

Cuando la madre enfermó, los tíos, Juan Luis Orín y Genoveva Ros, se hicieron cargo de la pequeña y continuaron cuidándola cuando la progenitora murió.

Cuando la niña cumplió los dos años, el padre reclamó a patria potestad sobre su hija, alegando que "aceptó de hecho apartarse totalmente de su hija, a partir de la circunstancia nada despreciable de que ésta quedaba a cargo, no de sus suegros o de sus cuñados, sino de su madre".

El Supremo rechaza la pretensión del padre, ya que éste hizo "más patente" su desinterés por su hija durante la enfermedad de la madre.

Recuerda, además, que la separación de los cónyuges "no exime a los padres de las obligaciones para con los hijos" por lo que la actitud dl padre sólo puede calificarse como de "grave" incumplimiento de sus deberes.

El Tribunal considera, además, que los únicos padres que conoce la pequeña son sus propios tíos, y sentencia que por su bien continúa con ellos.

(SERVIMEDIA)
09 Mar 1999
VBR