EL SUPREMO CONDENA A UN MEDICO Y UNA ASEGURADORA A PAGAR 20 MILLONES A UN PACIENTE QUE QUEDO TUERTO POR UNA OPERACION
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El Tribunal Supremo ha condenado a un oftalmólogo y a la aseguradora médica a pagar solidariamente una indemnizaión de 20 millones de pesetas a un paciente que quedó ciego de un ojo por una operación de cataratas contraindicada para su situación y un tratamiento postoperatorio no diligente.
La Sala de lo Civil del Supremo relata que el oftalmólogo, Saúl Vazquez, practicó a Luis Sánchez una intervención quirúrgica de cataratas "no adecuada y contraindicada" a la situación del paciente, cuyo historial y antecedentes conocía el médico, quien además "no actuó con la diligencia requerida en el postoperatorio".
omo consecuencia de este tratamiento, el paciente sufrió un desprendimiento de retina que le provocó la pérdida de la visión del ojo derecho, lo que constituye para el Alto Tribunal un daño "irreversible".
El Supremo considera que la responsabilidad de este daño recae tanto en el médico como en la compañía aseguradora, Adeslas, que en 1992, fecha en que ocurrieron los hechos, era Esfera Médica. El Alto Tribunal resalta que el seguro médico "se contrató en atención a la garantía de la calidad de los sevicios que representa el prestigio de la compañía".
En este sentido, señala que la aseguradora conocía la gravedad de la operación, pese a lo que autorizó y recomendó expresamente al doctor demandado, "con lo que se omitió la intervención de un superespecialista en retina, que era lo procedente".
Por ello, condena al médico y a Adeslas a pagar la indemnización de 20 millones de pesetas de forma solidaria, con lo que ratifica la sentencia dictada anteriormente por la Audiencia Provincial de Madrid
(SERVIMEDIA)
09 Nov 1999
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