Sentencia

El Supremo avala que los propietarios de un inmueble usado como colegio denunciarán con una pancarta que no se les pagaba el alquiler

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha avalado que los propietarios de un local alquilado a un colegio y guardería de la provincia de Barcelona colgaran una pancarta informando de impagos y una orden de desahucio, al considerar que esta acción no vulnera el derecho al honor cuando la información es veraz y no vejatoria.

En una sentencia conocida este miércoles, la Sala de lo Civil del Alto Tribunal ha rechazado el recurso presentado por el director del centro educativo, que reclamaba 104.000 euros de indemnización a los dueños del inmueble por colgar el cartel.

Los propietarios decidieron instalar la pancarta después de meses sin cobrar el alquiler y con una orden de desahucio pendiente. El cartel, que permaneció entre uno y dos meses, informaba de una deuda de 30.720 euros por parte del centro educativo.

La hija de los propietarios también publicó mensajes en redes sociales quejándose de la situación y entregó una copia de la sentencia de desahucio a un padre de alumno. Un juzgado de Sabadell primero y la Audiencia de Barcelona después rechazaron la demanda.

INFORMACIÓN VERAZ Y NO VEJATORIA

El Supremo argumenta que no hubo intromisión en el honor porque la conducta "no fue desproporcionada" y la información difundida era cierta, recordando que ha considerado "justificada por la libertad de información la conducta consistente en colocar carteles informadores de la morosidad".

La sentencia, con ponencia del magistrado Rafael Sarazá, destaca que, cuando se colocó la pancarta, la sociedad arrendataria no solo debía la cantidad fijada en sentencia, sino también rentas posteriores que siguieron sin pagarse hasta el desahucio.

Los magistrados señalan que el centro educativo ni siquiera alega en su recurso haber pagado posteriormente esas cantidades, mientras que los propietarios afirman que la sociedad demandante todavía les debe el dinero.

El Alto Tribunal considera compatible que los dueños utilizaran la vía judicial para lograr el pago y desahucio con que informaran públicamente de la situación de impago y la orden de lanzamiento del inquilino.

(SERVIMEDIA)
20 Nov 2024
NBC/gja