EL SUPREMO AVALA LA APERTURA DE PAQUETES POSTALES PARA HALLAR DROGA Y ANULA UNA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA DE MADRID
- Recuerda que el reglamento d la Unión Postal Universal no los considera correspondencia personal
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El Tribunal Supremo considera que es lícita la apertura de paquetes postales por parte de las autoridades públicas cuando existe la sospecha de que contienen sustancias estupefacientes.
En una sentencia de la Sala de lo Penal de este tribunal, se anula una decisión de la Audiencia Provincial de Madrid que absolvió a un hombre de tráfico de cocaína porque el paquete pudo ser abierto en la aduana de ran Bretaña, país en el que el envío hizo escala antes de llegar a España.
La Audiencia madrileña no tuvo en cuenta esa cocaína, al considerar que la prueba había sido obtenida de forma ilícita, pues, según esta sentencia, se había violado el derecho a la intimidad del receptor.
El Alto Tribunal niega este extremo y argumenta que, si bien la correspondencia debe estar protegida por el secreto de las comunicaciones, los paquetes postales no deben ser equiparados en este aspecto, pues el reglamentode la Unión Postal Universal, ratificado por España, no reconoce estos paquetes como correspondencia personal.
Los hechos que han dado lugar a la sentencia ocurrieron cuando el paquete con la droga, procedente de Ecuador y con destino Madrid, llegó al aeropuerto de Heatrhow (Londres), donde los funcionarios de aduanas sospecharon que contenía estupefacientes. Por ello, propusieron a la Policía Judicial española una entrega controlada para detener al receptor.
CUENTOS CON COCAINA
Durante el juico oral, un policía español afirmó que el paquete contenía tres libros de cuentos infantiles cuyas tapas ocultaban 810,6 gramos de cocaína, tenía una pequeña abertura en su envoltorio cuando llegó a Madrid, por lo que podía haber sido abierto por los funcionarios británicos.
La Audiencia Provincial de Madrid absolvió al acusado por considerar que la prueba había sido obtenida de forma ilícita, al haberse vulnerado el derecho al secreto de las comunicaciones. El Supremo anula esta sentencia, y ordena a ste tribunal pronuciarse de nuevo teniendo en cuenta el hallazgo de la droga como prueba válida.
El Alto Tribunal argumenta que el derecho a la inviolabilidad de la correspondencia recogido tanto en el derecho español como en el internacional impide cualquier injerencia por parte de la autoridad pública "salvo que esté prevista por la ley por constituir una medida necesaria para la prevención del delito o la protección de la salud y de los derechos y libertades de los demás".
"No puede, pues, afimarse que los funcionarios ingleses de aduanas hubiesen infringiso los convenios que protegen la intimidad del acusado, y tampoco ha quedado claro que se hubiese vulnerado las leyes inglesas", añade, para insistir en que no consta que hubieran abierto el paquete, pero aunque así fuera, la prueba no debería ser declarada ilícita.
Por otra parte, señala que, aunque en 1995 su Sala de lo Penal acordó que los paquetes pueden ser considerados como correspondencia por la posibilidad de que contengan tambiénmensajes personales de índole confidencial, "lo que no se puede exigir es que los funcionarios ingleses (...) se deban someter a la interpretación que ha hecho esta sala".
(SERVIMEDIA)
09 Abr 2000
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