EL SUPREMO ARCHIVA UNA QUERELLA DE MASA CONRA GARZON PORQUE NO EXISTEN INDICIOS DE QUE EL MAGISTRADO COMETIESE DELITO
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La Sala Segunda del Tribunal Supremo acordó hoy archivar una querella interpuesta por Rafael Masa, ex teniente coronel de la Guardia Civil expulsado del cuerpo, contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón "por no existir indicios de que los hechos en que se funda la querella sean constitutivos de delito".
Masa presentó el pasado 10 de junio la querella contra Garzón, al que acusóde los delitos de falsedad, prevaricación y privación arbitraria de derechos, por haber firmado en blanco unos oficios de bloqueo de cuentas hace cinco años. Posteriormente, amplió la querella imputando al magistrado la filtración de datos de un sumario que instruía y en el que, supuestamente, habría aparecido su nombre.
Junto a su querella, el ex miembro de la Guardia Civil aportó al Tribunal Supremo diversos documentos, entre ellos un modelo de oficio de bloqueo de cuentas bancarias extendido en 199 y aparentemente firmado por Garzón, que dijo haber recibido anónimamente y que, supuestamente, fueron sustraídos del juzgado de Garzón.
En un auto hecho público hoy, del que fue ponente el magistrado Cándido Conde Pumpido, el Alto Tribunal indica que del estudio de la querella "no se desprenden indicios de comisión de delito alguno por parte del querellado", el juez Garzón.
La resolución comienza precisando que, en este caso, se trata de una querella "interpuesta por una persona que afirma habersido condenada por un delito de prevaricación y que, más concretamente, afirma haber sido vinculado por uno de los procesados en un hecho delictivo cuya instrucción corresponde al magistrado juez querellado".
Por ello, a su juicio, estos datos deben tomarse en consideración "a los efectos de velar por una posible utilización desviada de la querella como fórmula de prefabricar la causa de recusación prevista" en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El auto añade que, además, "los supuestos hechos ojeto de la querella, que no tienen relación alguna con el querellante y, supuestamente, ocurridos varios años atrás, se apoyan en una documentación que éste afirma haber recibido anónimamente y que, supuestamente, fue sustraída ilícitamente del juzgado por el denunciante anónimo".
Esto, afirma el tribunal, unido a que el propio Masa destacaba en su querella que dichos documentos podrían formar parte de una campaña de desprestigio contra Garzón y que consistiría en la difusión de los documentos supuestmente sustraídos, debe ser tenido en consideración "a los efectos de evitar, como se ha dicho, la utilización abusiva y desviada de un procedimiento penal como fórmula de incidir o presionar sobre el magistrado instructor de otro procedimiento penal que pueda afectar al aquí querellante".
Así, indica que los supuestos oficios de bloqueo que se aportan, y que califica de incompletos, "aún cuando se admitiera su autenticidad y se prescindiese del origen irregular de su obtención por el querellante, no peden, como se aduce, integrar los delitos de falsedad, prevaricación o privación de derechos, únicos objeto de la querella, precisamente por su carácter incompleto, al no afectar a persona alguna determinada".
Respecto a la acusación que hace Masa a Garzón de haber filtrado datos de un sumario que instruía, asegura que "no existe indicio alguno de que la referida filtración pueda serle atribuída" al magistrado.
(SERVIMEDIA)
12 Ene 1996
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