EL SUPREMO APRUEBA QUE EL MODELO DE RETENCINES DEL IRPF PIDA DATOS PERSONALES A LOS TRABAJADORES
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo considera que el modelo puesto en marcha por Hacienda para que los trabajadores comuniquen a la empresa determinadas circunstancias de su entorno personal y familiar (para el cálculo de retenciones) vulnera el derecho a la intimida, pero que "el sacrificio está justificado" en beneficio de conveniencias colectivas.
En una sentencia hecha pública hoy, el Alto Tribunal rechaza un recurso del sindicato UGT, que consideraba que el modelo aprobado por la Administración en el Reglamento de IRPF de 1998 atenta contra la intimidad de los trabajadores y pone en riesgo algunos datos personales.
La Sala reconoce que "existe una tensión notable entre el derecho a la intimidad y el deber de colaboración con la Administración Tributaria.
Además, puntualiza que UGT tiene razón en cuanto a que los datos no son facilitados a la Administración, sino a empresas privadas, que podrían utilizarlos fuera de los estrictos fines de calcular las bases y cuotas de cotización.
La sentencia insiste en que la normativa no prevé sanciones para corregir esas posibles malas utilizaciones, por lo que la intimidad queda "sin resguardo alguno".
No obstante, el Supremo asegura que las normas legales han de interpretarse de forma acorde con la relidad social y "no cabe la menor duda" de que la normativa denunciada "responde a conveniencias colectivas y a una política que satisface a demandas justas y llenas de asentimiento general".
(SERVIMEDIA)
13 Jun 2000
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