EL SUPREMO ABSUELVE A LOS DUEÑOS DE UN EDIFICIO DESDE EL QUE CAYÓ UNA MACETA QUE CAUSÓ LA MUERTE A LA PORTERA
- También anula la condena de la aseguradora del inmueble
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La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha decidido absolver a los propietarios de un edificio de la calle Alcalá de Madrid donde, en medio de un gran vendaval, una maceta se desprendió desde el quinto piso y cayó sobre la portera del inmueble provocando su muerte.
En la sentencia, los magistrados de la Sala de lo Civil, presididos por el juez Juan Antonio Xiol Ríos, absuelven también a la compañía aseguradora del edificio, Allianz, pero confirman la condena contra Herminia Altana Hinojosa, la inquilina del quinto piso desde el que cayó la maceta.
Los hechos se remontan a julio de 1989, cuando la conserje de un inmueble de la madrileña calle Alcalá, de 65 años, murió debido a que una maceta, en medio de un fuerte temporal, cayó desde el quinto piso del edificio y le golpeó en la cabeza.
En 1996, el viudo de la portera, Manuel Martínez Rueda, interpuso un recurso contra los herederos de la propietaria del inmueble, Jesús García Cerezo, Olegario y María de los Ángeles García Godó, contra la compañía de seguros del edificio y contra la inquilina del quinto piso en el que estaba la maceta en cuestión para que se les condenase al pago de una indemnización por daños y perjuicios.
Un año más tarde, el Juzgado de Primera Instancia número 58 de Madrid absolvió a los herederos de la propietaria del inmueble así como a la aseguradora pero condenó a Herminia Altana Hinojosa, la inquilina, a abonar al demandante la cantidad de 8 millones de pesetas (48.000 euros).
En dicha sentencia se explicaba que "el mero hecho de la titularidad del inmueble o de la actividad arrendaticia" ejercida por lo titulares "no incide en el siniestro que tiene único y exclusivo origen en la colocación correcta o incorrecta de una maceta propiedad de la arrendataria".
AROS DE HIERRO PARA SUJETAR LA MACETA
Martínez Rueda recurrió esta resolución ante la Audiencia Provincial de Madrid, quien en una sentencia dictada el 12 de julio de 2000, le dio la razón y condenó a todos los demandados a pagar 10 millones de pesetas (60.000 euros) al marido de la fallecida.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid señalaba que la maceta que mató a la conserje o "estaba colgada del balcón dentro de un aro de hierro, pero hacia fuera, es decir, suspendida sobre la calle".
Dicho aro metálico "debía estar en malas condiciones, seguramente muy oxidado por estar a la intemperie, y este se rompió, dejando caer la maceta a plomo sobre la calle" por lo que la inquilina demandada "creaba un riesgo que se materializó en la caída de la maceta", de lo que se deriva su responsabilidad en la muerte de la portera.
Pero además, la sentencia establecía que al estar las macetas "colgadas hacía fuera" eran "visibles desde el exterior" y que, de forma complementaria, no constaba que los propietarios del inmueble "hubieran advertido a la inquilina sobre el peligro que representaban" de ahí que los propietarios deban responder "por omisión de la diligencia debida".
Por último, la Audiencia Provincial condenaba a Allianz como responsable solidaria con los propietarios de acuerdo con la Ley de Contrato de Seguro.
Todos los demandados recurrieron la sentencia ante el Tribunal Supremo, pero el presentado por Aldana Hinojosa no llegó a tiempo por lo que se consideró caducado. Los magistrados del Alto Tribunal han anulado parcialmente la sentencia de la Audiencia Provincial (salvo la condena de la inquilina) y han exonerado de la responsabilidad civil a los dueños del inmueble y a la aseguradora Allianz.
(SERVIMEDIA)
25 Dic 2007
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