EL SUP RECURRE EN LA AUDIENCIA NACIONAL LA CONCESION DE "MEDALLAS ROJAS" POR EL MINISTERIO DE INTERIOR

- Considera un "fraude de ley" las distinciones a miembros de Escala Superior y Ejecutiva que no "arriesgan su vida"

MADRID
SERVIMEDIA

El Sindicato Unificado de Policía (SUP) ha presentado un recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional contra las órdenes del Miniserio de Interior del pasado mes de septiembre, por las que se concede la condecoración de Cruz al Mérito Policial con distintivo rojo a miembros del Cuerpo Nacional de Policía que, a juicio del sindicato, no reunen los requisitos legalmente establecidos.

En un documento enviado por el SUP al ministro de Interior, Jaime Mayor Oreja, al que tuvo acceso Servimedia, el sindicato asegura que el 95,1 por ciento de las condecoraciones conocidas como "medallas rojas" (Cruz al Mérito Policial con distintivo roo) han sido concedidas a miembros de escalas Superior y Ejecutiva.

Según el secretario general del SUP, José Manuel Sánchez Fornet, si se tienen en cuenta los requisitos establecidos para la concesión de estas medallas, entre otros poner en riesgo la vida, es imposible que se den estos porcentajes entre esas escalas, salvo que se produzca un "fraude de ley".

De acuerdo con sus declaraciones, las medallas al mérito policial con distintivo rojo se conceden, según la ley, para premiar los hechos disinguidos que impliquen "acusados riesgos para quienes los realicen".

Además, el texto de la ley que regula estas condecoraciones aclara que para ser galardonado con el distintivo rojo es requisito imprescindible haber participado en hechos distinguidos con acusado riesgo para la vida o integridad física del actuante.

Sánchez Fornet considera que "dificilmente un funcionario de policía que ocupa las escalas superior y ejecutiva, y que dirige las operaciones desde su despacho, puede poner en peligr su vida. Por lo que está claro que existe fraude en la concesión de estas medallas", subrayó

En cambio, el representante del SUP asegura que actuaciones con grave riesgo llevadas a cabo por miembros de las escalas inferiores del Cuerpo Nacional de Policía no han recibido la condecoración que legalmente les podría corresponder.

INCREMENTO DE LAS PENSIONES

Las condecoraciones referidas llevan implícitas, según la ley, una recompensa que se materializa en un incremento del 10 por ciento de las pesiones.

La Ley 5/64 que regula la concesión de recompensas profesionales y los requisitos establecidos para ello recoge que las pensiones que corresponden a los funcionarios que sean condecorados con la Cruz al Mérito Policial con distintivo rojo se incrementan un 10 por ciento y con carácter vitalicio.

Además, la citada ley permite la acumulación de las mismas si se reciben dos o más recompensas de las que llevan aparejada dicha pensión. La recompensa tiene efectos retroactivos para los funcionaios que reciban la condecoración una vez jubilados.

(SERVIMEDIA)
11 Nov 1997
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