LAS SUBVENCIONES CINEMATOGRAFICAS ESTATALES SON COMPATIBLES CON OTRAS AYUDAS PUBLICAS, SEGUN EL SUPREMO
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Las ayudas del Estado a la cinematografía son compatibles con las subvenciones concedidas por las disintas administraciones públicas, según una sentencia del Tribunal Supremo que desestima el recurso interpuesto por la Generalitat de Cataluña contra el decreto sobre ayudas a la cinematografía dictado en 1989 por el Ministerio de Cultura.
El Gobierno autónomo catalán interpuso recurso contra la resolución por estimar que la política de subvenciones estatales perjudicaba a las empresas y productores cinematográficos beneficiadas por las ayudas de la Generalitat, al resultar éstas alternativas de financación excluyentes.
Según los representantes de la Generalitat, de acuerdo con algunos apartados de los artículos 7 y 8 del citado decreto, los productores de películas catalanas que recibieran apoyo estatal verían además rebajada la subvención al 15 por ciento si daban cuenta de que también recibían ayuda del Ejecutivo autonómico, mientras que en caso contrario sería del 40 por ciento.
De esta forma, las empresas cinematográficas catalanas se encontraban en relación de desigualdad y optaban por aogerse a las ayudas estatales, rechazando las subvenciones de la Generalitat, encaminadas a fomentar el cine producido en Cataluña y en lengua catalana.
La sentencia del Tribunal Supremo interpreta que el decreto ministerial tiene como fin "fomentar la producción de películas representativas de la cultura española en cualquiera de sus manifestaciones y formas de expresión", por lo que no existe incompatibilidad con las ayudas que pueda conceder la Generalitat en materia de cultura y espectáculos a loscortometrajes y largometrajes.
La resolución considera que el decreto no contraría la política cultural del Ejecutivo catalán, porque "existe una coincidencia de finalidades", y señala que las disposiciones recurridas no se oponen "a la compatibilidad de ambas ayudas y hasta su posible acumulación en la producción de una misma película".
Asimismo, la sentencia recoge que las posibles desigualdades que podrían darse entre los productores ya beneficiados por la subvención de la Generalitat a la hor de percibir ayuda estatal no justifican la modificación del decreto, ya que las subvenciones pueden ser motivo de impugnación.
(SERVIMEDIA)
04 Mar 1992
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