SOTHEBY'S Y LOS PROPIETARIOS DE LA 'CONDESA DE HINCHON' AFIRMAN QUE EL CUADRO NO SALDRIA PERMANENTEMENTE DE ESPAÑA

MADRID
SERVIMEDIA

La empresa Sotheby's y la familia de los duques de Sueca, propietaria del retrato de la 'Condesa de Chinchón' pintado por Goya, negaron hoy que existiera una opción de compra a favor de Sothebys, aunque los propietarios autorizaron el inicio de negociaicones con alguno de sus clinetes para la venta del cuadro por 40 millones de dólares.

En un comunicado conjunto hecho público hoy precisan que el cuado no es un Bien Cultural del Estado, al tratarse de una propiedad privada, sino un Bien de Interés Cultural. En consecuencia, está sometido a una regulación específica que, "si bien no impide que sea adquirido por un extranjero, si prohibe su exportación definitiva", afirman.

En este mismo sentido, explican que la legislación española prevé la posibilidad de conceder permisos de exportación temporal por periodos de hasta cinco años, prorrogables a diez, como ha ocurrido durantes las exposiciones interacionales en la que 'La condesa de Chinchón' ha sido incluida.

También puntualizan que Sotheby's fueron ellos los que ofrecieron a la familia iniciar con varios clientes suyos negociaciones para la venta del cuadro, que, "si pudiera ser ofrecido al mercado internacional, su valor sería más elevado".

"Como referencia, el valor del seguro acordado para su actual exposición en el Museo del Prado es de 6.000 millones de pesetas (50 millones de dólares aproximadamente). En otras exposiciones en las qu el cuadro ha participaro, ha sido asegurado en valores equivalentes a esa cifra", señala el comunicado.

Tanto Sotheby's como la familia de los duques de Sueca afirman ser conscientes de las obligaciones que la Ley de Patrimonio Histórico establece a los propietarios de obras de arte declaradas de interés cultural y a los profesionales que intervengan en la transacción a un tercero.

Entre otras cosas, Cultura exite "la comunicación a la Administración de cualquier acuerdo que implique la transmisón a un tercero y concede al Estado español el derecho preferente de adquisición en igualdad de precio y condiciones, además del beneficio de aplazamiento del pago", concluyen.

(SERVIMEDIA)
17 Abr 1996
EBJ