Seguros

Las solicitudes de indemnización al Consorcio se elevan a 72.125, la mayoría por automóviles, y está tramitando más del 40%

MADRID
SERVIMEDIA

El Consorcio de Compensación de Seguros ha recibido hasta las 8.00 horas de hoy 72.125 solicitudes de indemnización, la mayoría por daños en automóviles, y está tramitando más de 30.000 de ellas, por encima del 40% de todas las recibidas.

El Consorcio actualizó este martes la cifra de solicitudes por la DANA (depresión aislada en niveles altos) y detalló que de las 72.125 peticiones recibidas, 44.203 pertenecen a vehículos automóviles, 21.405 son por viviendas, 4.635 solicitudes se refieren a comercios y almacenes, otras 1.563 son relativas a riesgos industriales, 307 se refieren a oficinas y 12 son solicitudes de indemnización por obras civiles.

El Consorcio de Compensación de Seguros ha movilizado a 495 peritos para tasar los daños, que están empezando a desplegarse por las zonas afectadas a medida que las restricciones de acceso derivadas de la gestión de esta situación de emergencia lo van permitiendo.

Recordó a todos los asegurados afectados que pueden solicitar la indemnización a través de la página web del Consorcio (‘www.consorseguros.es’) o del centro de atención telefónica, pero, de forma alternativa, dijo que es “muy recomendable en estos momentos” que la solicitud se haga a través de sus agentes o corredores de seguros, o de las propias aseguradoras en representación de los asegurados.

Ante esta situación, reiteró su solidaridad y afecto a las víctimas y el compromiso de tramitar todas las solicitudes e indemnizar todos los a la mayor celeridad.

COBERTURA POR DAÑOS

El Consorcio de Compensación de Seguros indemniza los daños por inundación extraordinaria. El requisito para acceder a la cobertura del Consorcio es que la persona o el bien estén asegurados, con un seguro en vigor en el momento de la inundación. Se cubren daños causados en personas y bienes asegurados como viviendas, automóviles, establecimientos comerciales, industrias u obras civiles. También gastos de alojamiento por inhabitabilidad de la vivienda o pérdida de ingresos por paralización de la actividad económica.

El Consorcio indemnizará con arreglo a los capitales asegurados y las cláusulas del contrato de seguro del afectado. En el caso de los bienes, cubrirá los daños materiales como consecuencia de la inundación como puede ser la pérdida de alquileres, los gastos de alojamiento derivados de la inhabitabilidad de la vivienda o la pérdida de ingresos por la paralización de establecimientos comerciales, de servicios o industriales.

Para recibir las indemnizaciones por daños en vehículos, la persona necesita tener cobertura por daños al vehículo, ya sea todo riesgo, lunas, robo, o el seguro obligatorio del vehículo, a terceros. En el caso de daños personales -lesiones o fallecimiento-, requiere un seguro de vida o de accidentes con cobertura de fallecimiento, invalidez o incapacidad temporal. Por último, la pérdida de beneficios sólo está cubierta si la póliza así lo especifica y el daño afecta a los bienes asegurados.

(SERVIMEDIA)
05 Nov 2024
MMR/jrn/gja