LOS SOLDADOS PROFESIONALES LESIONADOS EN ACTO DE SERVICIO NO TIENEN DERECHO A PENSION POR INCAPACIDAD PERMANENTE, SEGUN LA ODS

MADRID
SERVIMEDIA

Los soldados profesionales que hayan sufrido una lesión o enfermedad en acto de servicio que le haya provocado una incapacidad permanente total para su profesión no tienen derecho a una pensión ni indemnización por este concepto, según denuncia la Oficina del Defenor del Soldado (ODS).

Esta denuncia forma parte de un informe, al que ha tenido acceso Servimedia, que la ODS ha hecho llegar a los grupos parlamentarios que están estudiando iniciativas legislativas sobre el Ejército profesional y su tratamiento en la Seguridad Social.

Para la ODS, lo ideal sería establecer un régimen de prestaciones para los militares de tropa profesional similar al establecido en la Seguridad Social para los casos en que la enfermedad o lesión haya derivado de accidente de traajo o enfermedad profesional, pues en este régimen no se establece ningún periodo de carencia, es decir, es independiente el periodo de cotización previo al hecho causante para que se reconozca el derecho.

"Si en el ámbito laboral, privado o público, cualquier trabajador (permanente, interino, temporal, etcétera) tiene derecho a una pensión si la lesión o enfermedad se la ha causado en el trabajo y le ha provocado una incapacidad permanente total para su profesión, no tiene sentido alguno que ese mism derecho no se les reconozca a los soldados de tropa profesional", denuncia la ODS.

En cuanto a las enfermedades o lesiones no ocasionadas en acto de servicio, para tener derecho a una pensión por una incapacidad permanente total en el ámbito de la Seguridad Social lo determinante son los periodos de cotización, de forma que si se cumplen unos determinados años de cotización se tiene derecho a la pensión y si no se cumplen se tiene derecho a una indemnización. La ODS pide que esos mismos periodos de ctización se establezcan para los soldados de tropa profesional, "pues lo contrario resulta injusto y discriminatorio".

El texto indica incluso que reducir esos periodos en el caso de la tropa profesional "tampoco sería descabellado", dado el cometido especial que desempeñan los soldados, en el que los riesgos son mucho mayores que en la mayoría del resto de oficios.

Otra denuncia de la ODS se refiere a la cobertura sanitaria a través de aseguradoras privadas, de la que disfrutan los soldados profsionales mientras dura su contrato, pero que dejan de disfrutar cuando salen del Ejército, independientemente de que padezcan una dolencia producida durante su estancia en el mismo.

En general, para la ODS, "la situación actual es insostenible y provoca un trato injusto y discriminatorio en los soldados de tropa profesional", y por ello pide que los grupos parlamentarios que están debatiendo la modificación de leyes que hacen referencia a estas denuncias tengan en cuenta sus consideraciones e incluso ue las contemplen con carácter retroactivo, desde el 1 de enero de 1998.

(SERVIMEDIA)
02 Mayo 2001
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