SOGECABLE. LIAÑO, PROCESADO POR EL TRIBUNAL SUPREMO ACUSADO DE PREVARICACION EN LA INSTRUCCION DEL SUMARIO
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La Sala de lo Penal del ribunal Supremo decidió hoy procesar al juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño por tres delitos de prevaricación en su instrucción del "caso Sogecable", y le ha impuesto una fianza por responsabilidad civil de un millón de pesetas.
En un auto hecho público hoy, y del que es autor el magistrado Joaquín Martín Canivell, se considera que tres de las actuaciones del juez en este caso podrían ser constitutivas del delito de prevaricación, recogido en el artículo 446 del Código Penal.
"El elito de prevaricación judicial se comete cuando un juez o magistrado, a sabiendas, dictare una resolución injusta, en el sentido de contraria al Derecho", aclara el Supremo.
Las supuestas actuaciones prevaricadores se refieren a tres decisiones de Liaño en la instrucción del "caso Sogecable": prohibir al presidente del grupo Prisa, Jesús de Polanco, salir del país; imponerle una fianza de 200 millones de pesetas para eludir la prisión y decretar el secreto parcial del sumario en contra de lo que habí ordenado la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
El Supremo considera que Liaño no tenía "razones válidas" para imponer este secreto sumarial que, en ese momento del procedimiento, "no era necesario ni proporcionado a los fines de la investigación penal que se desarrollaba".
Sobre la prohibición a Polanco de salir de España, el instructor duda de que esta medida "fuera precisa para garantizar su comparecencia ante los tribunales". Finalmente, considera que "no concurren los requisitos" estblecidos por la ley para que el juez pudiera establecer esa elevada fianza (200 millones de pesetas) al presidente del grupo Prisa.
(SERVIMEDIA)
17 Jun 1998
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