SOGECABLE. GOMEZ DE LIAÑO RECHAZA QUE ESTE TRAMITANDO UNA "CAUSA GENERAL" CONTRA LOS RESPONSABLES DE SOGECABLE
- Afirma que su investigación está presidida por "el máximo de transparencia y una muy amplia motivación"
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño, que tramita las querellas contra Sogecable, rechaza que esté instruyendo una "causa general" contra los responsables de dicha sociedad, según afirma en el auto que dictó hoy imponiendo medidas cautelares al presidente de la entidad, Jesús de Polanco.
En su resolución, el juez afirma que "se discrepa del reproche de que las presentes diligencias previas sean una suerte de 'causa general' en la que se despliega un prototio de acción penal contumaz sobre algunos imputados y sus actividades".
"Al margen de que a nadie se le puede escapar que todo el procedimiento de claros componentes económicos es distinto a las clásicas formas de indagación judicial y que ello trae consigo una instrucción más compleja de lo normal, debe rechazarse cualquier censura de desviacionismo respecto del esclarecimiento de los hechos denunciados y objeto de querella", agrega.
Tras precisar que es "ortodoxo y útil" averigurar los datos nuceares e indispensables para enjuiciar los hechos, pero "no circunstancias, noticias o anécdotas periféricas o irrevelantes", asegura que su investigación, "pese a lo que pueda libremente pensarse y buenamente decirse, ha estado presidida y continúa estándolo por la más generosa de las contradicciones, la superior de las defensas, el máximo de transparencia y una muy amplia motivación".
Agrega que cuando ha podido equivocarse, la Sala de lo Penal ha ejercido la función revisora garante del derecho consitucional a la tutela judicial efectiva, enmendando "el desatino con su preeminencia de número y criterio". "La experiencia de este proceso genera la esperanza de que sirva de referencia y guía para que, en lo sucesivo, todos los casos, todas las causas y todos sus personajes reciban igual o semejantes atenciones y amparo", continúa.
Por otra parte, sobre los efectos que en el proceso producen las informaciones periodísticas, respecto a lo cual se quejó uno de los abogados de la acusación, afirma que parece indiscutible que cualquier tratamiento continuo del hecho judicial tiene rentabilidades extraprocesales y que esto se acrecienta en los procesos penales cuyos sujetos activos o pasivos tienen relevancia pública".
Asegura que es evidente "que el interés por la noticia judicial de este asunto y los modos de presentarla generan perturbaciones", pero agrega que "está fuera de toda duda su legitimidad", aunque "se corra el riesgo de noticias desenfocadas, informaciones interesadas e incluso opinione críticas colindantes con la ofensa".
Indica que no es ajeno a esos defectos el quebranto del secreto sumarial, que a su juicio origina una incertidumbre a los intereses de la justicia, tanto para la investigación "como para la dignidad de aquellos contra quienes tan sólo se ha iniciado o abierto un procedimiento judicial", al margen de la "muy incómoda situación de juzgar sin un mínimo de sosiego y con una ciudadanía que permanentemente sospecha de que todo está manipulado para fines muy distintos y istantes a la justicia".
Respecto a las críticas suscitadas sobre el ritmo de la tramitación del procedimiento, afirma que desde el inicio de las actuaciones, hace cuatro meses, hasta hoy "se ha procurado una actividad impulsora que evitase interrupciones en las tareas de investigación a sabiendas de que la lentitud -lo mismo que una exagerada celeridad- poco favorece al esclarecimiento de los hechos y menos todavía al hallazgo de una verdad procesal que demande la apertura de la siguiente fase del prcedimiento o del archivo de las diligencias".
(SERVIMEDIA)
27 Jun 1997
S