SOGECABLE. GOMEZ DE LIAÑO ACUERDA NO EMPRENDER ACCIONES CONTRA LA SALA AUNQUE DICE QUE SUS TERMINOS NO FUERON LOS MAS CORRECTOS
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El juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño, que tramita las querellas contra Sogecable, dictó hoy un auto por el que cuerda no emprender ninguna acción contra la sección segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que le revocó el secreto de las diligencias por considerarlo irrazonable, innecesario, desproporcionado e inadecuado, aunque señala que los términos empleados por ese tribunal en su resolución no fueron "los más correctos".
El magistrado ha adoptado esta decisión tras consultar al fiscal del caso, Ignacio Gordillo, y a las acusaciones personadas en las actuaciones si debía aplicar a la sala elartículo 408 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que señala que cuando un juez tiene conocimiento de la posible comisión de un delito o falta por otro juez o magistrado debe comunicarlo al órgano competente.
En su informe, el fiscal indicó que a pesar de que la sala empleó en sus resoluciones términos inusuales y expresiones innecesarias que podían haber sido sustituidas por otras sin sentido peyorativo, el tribunal no había incurrido en ninguna infracción penal o disciplinaria.
Por su parte, as acusaciones estimaron que los magistrados habían cometido una falta disciplinaria leve de desconsideración y vejación hacia el juez por los términos empleados en sus autos, mientras que la defensa de Sogecable consideró que la resolución de la sala fue impecable.
En su auto de hoy, Gómez de Liaño recuerda que antes de hacer esa consulta, ya había elevado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), para que valorase si podía constituir una vejación, desconsideración o desatención hacia él, otro auo de la sala del pasado día 7 por el que calificaba de arbitraria su decisión de impedir la salida de España sin su permiso a Jesús de Polanco.
Explica que tras esta resolución, consideró que al insistir el tribunal en calificar su actuación de injustificada y desproporcionada en el auto por el que el pasado día 13 revocó el secreto de las actuaciones, "podía constituir una falta de respeto y consideración debida (así se manifesta en el artículo 634 del nuevo Código Penal) para quien, merced a su condción de juez, actuaba con plenitud de independencia e imparcialidad".
"Parecía pues", continúa el juez, "que los adjetivos empleados con reiteración tal vez resultaban ofensivos y no tanto a la dignidad personal y profesional de su destinatario como al buen orden en el ejercicio de la función jurisdiccional, objetivamente pensada".
Agrega que por ello dictó la providencia acordando consultar a las partes teniendo en cuenta, además, "que el secreto sumarial se había decretado a instancias del fiscl y siguiendo los criterios interpretativos de las propia sala sobre la materia".
Así, afirma que "parece que la tesis más acertada es la del ministerio fiscal cuando informa que, aunque los conceptos vertidos en los autos de la sala -cuya superioridad jurisdiccional jamás se ha ignorado- no fueran los más correctos entre los varios posibles para declarar o explicar el sentido de sus decisiones sin embargo, no pueden reputarse como afrentosos ni, en consecuencia, constitutivos de infracción penal ni dsciplinaria".
El juez recuerda además que el Consejo General del Poder Judicial acordó en el pleno que celebró el pasado miércoles que las expresiones de la sala, entendidas en un sentido estrictamente jurídico, no implican desconsideración alguna para el juez, por lo que decide que no ha lugar a aplicar el artículo 408 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Esta consulta sobre la actuación de la sala así como otra providencia por la que el juez preguntaba a la policía judicial si la decisión deltribunal de levantar el secreto podía perjudicar a la investigación provocaron que el CGPJ decidiese el pasado miércoles abrir una investigación para determinar si el magistrado podía haber conculcado algún principio constitucional.
Por otra parte, el magistrado estará ausente durante unos días de su juzgado de la Audiencia Nacional tras haber solicitado una baja por enfermedad al presidente de ese tribunal, sin precisar la fecha de su reincorporación.
Fuentes judiciales explicaron que Gómez de Laño ha solicitado dicha baja con el fin de someterse a unas revisiones médicas que ha realizado esta misma mañana después de acudir a primera hora a su juzgado.
Las fuentes consultadas indicaron que el magistrado podría reincorporarse a su trabajo el próximo lunes, dado que ese día su juzgado comienza la semana de guardia, aunque tampoco se descarta que su ausencia se prolongue por más días, sustituyéndole en ese periodo el juez Baltasar Garzón.
(SERVIMEDIA)
27 Mayo 1997
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