SIETE MESES DE CARCEL PARA UN ALFEREZ POR DEJAR CARGADA UN ARMA QUE FUE DISPARADA POR ERROR Y AMPUTO LA PIERNA A UN SOLDADO

- El soldado que disparó pensando que no había cartucho es condenado a cuatro meses

- Ambos pagarán 50 millones de indemnizaión a la víctima

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha condenado a siete meses de prisión a un militar que dejó cargada una ametralladora con la que un soldado, creyendo que no tenía cartuchos, disparó e hizo perder una pierna a un compañero. El joven que disparó el arma ha sido condenado a cuatro meses.

La sentencia relata que el 20 de mayo de 1998 el oficial estaba al mando de un vehículo blindado que participaba en un ejercicio consistente en hacer fuego con ametralladoras ligers y pesadas, en la base militar de Cerro Muriano (Córdoba).

Al acabar el ejercicio, el alferez tomó una ametralladora Browning 12,70 milímetros para realizar los últimos disparos que quedaban en la cinta ametralladora, haciendo fuego tiro a tiro.

Casi agotada la munición, la ametralladora se interrumpió, por lo que el alférez hizo que expulsara el cartucho defectuoso y realizó un nuevo disparo. Pensando que éste era el último cartucho, apretó de nuevo el gatillo para hacer un disparo en vacío y aegurarse de que no quedaban proyectiles. Lo que hizo realmente fue cargar el arma sin saberlo.

Ya en el cuartel, acabado el ejercicio, la ametralladora fue depositada en una mesa para su limpieza y secado. Un soldado se acercó a ella y comentó que era "un buen bicho", comentario al que otro soldado respondió mostrándole el funcionamiento.

Sin asegurarse de que no estaba cargada, imitó el ruido del arma y disparó, hiriendo a otro soldado que se encontraba en la estancia.

Como consencuencia de disparo, la víctima, que entonces tenía 19 años, sufrió la amputación quirúrgica de la pierna al nivel del muslo y quedó incapacitado para ejercer su profesión, obrero agrícola.

Por estos hechos, el alférez y el soldado fueron condenados por el Tribunal Militar territorial a siete y cuatro meses de prisón, respectivamente, y a pagar solidariamente una indemnización de 50 millones al herido, 9.212.067 pesetas al Estado y 504.840 pesetas al Servicio Andaluz de Salud, en concepto de gastos hospitalarios sentencia que el Tribunal Supremo corrobora.

(SERVIMEDIA)
26 Nov 2000
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