SEOPAN PROPONE QUE LOS COMITES DE EMPRESA ASUMAN LAS FUNCIONES DE DELEGADOS DE SEGURIDAD
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La patronal Seopan, que agrupa a las grandes constructoras, considera que los comités de empresa deberían asumir las funciones de delegados de seguridad prevista en el anteproyecto de Ley de Prevención de Riesgos Laborales, según manifestaron a Servimedia fuentes de esta organización empresarial.
eopan estima que la figura del delegado de seguridad es innecesaria y dará lugar a una burocracia sindical hipertrofiada en las empresas, que afectaría especialmente al sector de la construcción.
A este respecto, estimaciones de la CEOE cifran en cerca de 300.000 millones de pesetas el coste de estos delegados en el conjunto de la economía, como consecuencia de las horas libres a que tendrán derecho para ejercer sus responsabilidades.
La CEOE calcula que la ley crearía 996.025 delegados de seguriad, a los que habría que sumar los 431.392 delegados de personal y miembros de comités de empresa y 14.486 generados por la Ley Orgánica de Libertad Sindical. En total, la "burocracia sindical" en las empresas sería de 1.441.903 personas.
Para Seopan, los 431.392 miembros de comités de empresa son suficientes para atender las funciones de seguridad e higiene en las empresas y crear una nueva figura encargada en exclusiva de esa materia "va contra la productividad y la competitividad".
Por otra pate, Seopan califica de "absolutamente inadmisible" la previsión contenida en el anteproyecto de ley de negar la capacidad de contratar con la Administración a las empresas sancionadas en los tres años anteriores por infracción muy grave que haya ocasionado daños a la salud de los trabajadores.
En su opinión, "a quien más se perjudicará será a las empresas grandes, pues las pequeñas tienen gran agilidad, como se viene demostrando en la práctica, para desaparecer y volver a aparecer en el mercado bajo ua nueva razón social. De esta forma, se llegaría a un resultado opuesto al que aparentemente se trata de lograr".
Seopan opina que la inhabilitación para contratar obras públicas debería aplicarse por infracciones reiteradas, previa incoación de expediente y únicamente en el caso de accidentes sufridos por trabajadores de la propia empresa, y no por los de subcontratistas.
DETENER LA PRODUCCION
La patronal de las grandes constructoras también considera excesivo facultar a cualquier trabajador pra detener la producción en el supuesto de un riesgo grave e inminente para su salud, como hace el artículo 20.5 del anteproyecto.
A su juicio, vulnera el artículo 19 del Estatuto de los Trabajadores, que únicamente reconoce el derecho de paralización a la Inspección de Trabajo y, en casos extremos, a instancia de los órganos competentes en seguridad e higiene dentro de la empresa, y por acuerdo de un 75 por cien de los representantes de los trabajadores.
Finalmente, Seopan también estima exagerao que las empresas de más de 500 trabajadores tengan obligación de organizar servicios de seguridad de titularidad empresarial. En su opinión, esa cifra debería elevarse a 1.000.
En 1991, según datos del Ministerio de Trabajo, se produjeron 146.395 accidentes con baja en el sector de la construcción, 862 más que el año anterior, pero los fallecidos fueron 323, 11 menos que en el 90.
(SERVIMEDIA)
04 Mayo 1992
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