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EL SENADO APRUEBA LA LEY QUE CONCEDE DERECHO AL PARO A CONCEJALES Y SINDICALISTAS

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales del Senado aprobará mañana la proposición de ley por la que se extiende el derecho a la protección por desempleo a los políticos del ámbito local y a los sindicalistas.

La medida puede beneficiar a los más de 65.000 concejales existentes en la actualidad, a los que se unirían representantes de cabildos y de instituciones forales y dirigentes de los sindicatos.

La proposición de ley que incluye este nuevo derecho y que ahora se debate en la Cámara Alta fue aprobada por unanimidad de los grupos parlamentarios el pasado 6 de junio en el Congreso, un resultado que previsiblemente se repetirá mañana en el Senado, según indicaron a Servimedia fuentes parlamentarias.

La norma no sufrirá en principio modificaciones en el Senado, lo que hará que en pocos días pueda publicarse en el Boletín Oficial del Estado, con lo que beneficiaría a los ediles que dejen sus cargos tras las elecciones municipales del próximo año.

La proposición establece que estos cargos públicos podrán cobrar la prestación por desempleo cuando cesen de sus funciones de manera involuntaria, y siempre que no tengan derecho a percibir otras indemnizaciones, retribuciones o compensaciones como consecuencia de su despido.

Aunque sindicalistas y políticos electos cotizan en el Régimen General de la Seguridad Social, el artículo de la Ley General de la Seguridad Social que establece las personas con derecho al desempleo, el 205, no les incluye.

Este colectivo está conformado por los cargos electos de las corporaciones locales que desempeñan su función con dedicación exclusiva o parcial y percibiendo un sueldo, y también los altos cargos de las Administraciones Públicas que no sean funcionarios.

Además, se beneficiarán de este derecho los cargos de los cabildos insulares y de los órganos forales de País Vasco y Navarra. En la actualidad tampoco tienen derecho a paro los cargos sindicales representativos que ejercen funciones de dirección en un sindicato en régimen de dedicación exclusiva y con sueldo.

Inicialmente se pretendía implantar la protección por desempleo a los dirigentes sindicales de ámbito provincial o superior, pero se ha decidido extenderlo a todos, incluidos los sindicalistas locales.

De este modo, una vez que la iniciativa entre en vigor, el próximo otoño, pasarán a tener derecho a paro todos los cargos de los sindicatos, los concejales y representantes de cabildos e instituciones forales, y los altos cargos de las Administraciones Públicas que no sean funcionarios.

Estos trabajadores deberán cotizar, tanto ellos como la administración o el sindicato para el que trabajen, por la contingencia de desempleo.

(SERVIMEDIA)
04 Oct 2006
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