Laboral
Seguridad Social explica que las bajas por reglas dolorosas y abortos tienen un código diferente porque cuentan con una protección reforzada
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El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones explicó este jueves que las bajas médicas por menstruaciones dolorosas o por abortos cuentan con un código diferente a las contingencias comunes porque las trabajadoras cuentan con una protección reforzada y las empresas puedan realizar los pagos correspondientes para las prestaciones.
Así lo trasladaron este jueves fuentes del Ministerio de Seguridad Social, después de que ‘eldiario.es’ publicara que las empresas pueden conocer cuándo su trabajadora está de baja por motivos de abortos o reglas dolorosas.
“En ningún momento se indica de forma literal la situación especial. Solo se hace referencia a las peculiaridades que tienen esas situaciones para que las empresas puedan identificarlas y realizar el pago adecuado de dichas prestaciones de IT, que dan una mayor protección económica a sus trabajadoras”, sostuvieron desde el departamento dirigido por Elma Saiz.
Estas fuentes recordaron que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) infirió el pasado abril de 2024 que no se incurre en ninguna irregularidad de protección de datos.
Sin embargo, aclararon que dentro de su “limitado margen de actuación en este ámbito”, y consciente de la “delicada materia” que se trata, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha disminuido la información proporcionada a las empresas, refundiendo los códigos de las situaciones que tengan características comunes en el FIE.
Desde el pasado 1 de junio de 2023, a raíz de la entrada en vigor de la Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, se amplió la protección para tres casos de baja consideradas como incapacidad temporal especial: menstruación incapacitante, interrupción del embarazo y gestación en la semana 39.
La norma fue diseñada por el Ministerio de Igualdad, dirigido entonces por Irene Montero, en colaboración con la cartera de Seguridad Social, a cuyo frente se situaba el ahora gobernador del Banco de España, José Luis Escrivá.
Entre los beneficios para las trabajadoras destaca que no exige periodo de carencia para el acceso a la prestación, mientras que antes se les pedía tener cotizados 180 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
Además, la prestación económica se percibe a cargo de la Seguridad Social desde el día de la baja. Por el contrario, si derivase de contingencia común, el subsidio se abonaría a partir del cuarto día de baja en el trabajo, si bien desde el día cuarto al decimoquinto de baja, ambos inclusive, el subsidio estaría a cargo del empresario.
Con la normativa actual, además, la empleada percibe como cuantía de incapacidad temporal el 60% de la base reguladora desde el día de la baja hasta el día vigésimo, y el 75% de la base reguladora desde el día vigésimo primero.
En ese sentido, el INSS envía a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), a través del módulo 02N, un código para poder realizar el cálculo correcto de las peculiaridades de cotización de la trabajadora. Asimismo, el proceso de IT se comunica a la empresa como cualquier otro, pero con un campo extra denominado ‘Situaciones Especiales de IT’.
En este punto, la ministra de Seguridad Social, Elma Saiz, trasladó que no conoce a fondo la cuestión aunque recordó que casi semanalmente se producen encuentros con sindicatos y patronal en los que se pueden abordar cuestiones de este tipo.
“No sé en este momento en qué punto está, pero hay reuniones prácticamente semanales y estoy convencida de que será objeto de su análisis compartir información con los agentes sociales y con la patronal relacionada con los datos sobre los que usted me pregunta”, dijo la ministra.
Este miércoles, el secretario general de CCOO, Unai Sordo, incidió en que “este es un tema que hay que abordar para tratar de evitar ese exceso de información que tenga la empresa sabiendo, en efecto, que estamos hablando de una prestación singular”.
Mientras, el secretario general de UGT, Pepe Álvarez, señaló que la Seguridad Social tiene que “respetar y tratar todas las bajas en igualdad de condiciones”. Por ello, avisó de que si no es así, se denunciará la cuestión públicamente y se podrían incluso adoptar otras medidas.
(SERVIMEDIA)
24 Oct 2024
DMM/gja