SARRIO DEMANDA A KIO Y EXIGE EL PAGO DE 8.647 MILLONES

MADRID
SERVIMEDIA

La empresa papelera Sarrió ha presentado una demanda judicial ontra KIO en la que le reclama el pago de 8.647.111.110 pesetas por la venta de sus industrias de fabricación de papel en febrero de 1991, según informaron hoy fuentes de Sarrió. De su tramitación se ha hecho cargo el Juzgado de Primera Instancia número 37 de Madrid.

Sarrió asegura que ese es el importe que KIO ha dejado de pagarle por la operación, tras abonarle a su debido tiempo el resto de los 43,6 millones de pesetas en que valoraron las industrias transferidas.

El sistema de pago pactado esablecía el abono de 10 millones en efectivo y al contado; 7,3 millones mediante un paquete de acciones de Ebro Agrícolas; otros 7,3 millones con un paquete de acciones de Prima Inmobiliaria; 4 millones mediante la transmisión de una fábrica de cartoncillo sita en Almazán (Soria), y 15 millones en efectivo, aplazado a tres años, y sin intereses.

El problema surgió en el pago de estos 15 millones. El primer plazo de esta cantidad fue abonado dentro de plazo, antes del 31 de diciembre de 1991, pero no as el segundo, que vencía el 31 de diciembre de 1992.

Ante el impago, y dada la situación de insolvencia del grupo Kuwaití, Sarrió ha decidido dar por vencido también el tercer plazo, que cumple el 31 de diciembre de 1993.

Sarrió basa su demanda en lo dispuesto en el artículo 1.129 del Código Civil, según el cual el deudor pierde todo derecho a utilizar el plazo cuando, después de contraida la obligación, resulta insolvente.

En consecuencia, reclama al juez que condene a KIO al abono de las catidades pendientes de pago, 8.647,1 millones de pesetas, más sus correspondientes intereses.

"NO OFRECE DUDA"

La demanda también se dirige contra todas las sociedades españolas que utilizó el grupo KIO para la firma de los contratos suscritos con Sarrió a efectos de cumplir con el requisito de "litis consorcio" (obligación de llamar al procedimiento judicial a todas las partes que puedan ser afectadas).

Para Sarrió, la responsabilidad de KIO "no ofrece ninguna duda, pues en su calidad de accionsta dominante y de brazo operativo, ha ejercido siempre un control efectivo sobre los acuerdos y el patrimonio de sus sociedades españolas".

"A las cuales", añade el comunicado difundido por la empresa, "a través de sus actos y decisiones, han llevado a la insolvencia y a la infracapitalización, debiendo responder ante los acreedores como obligados principales y, por ello, hacer frente a las deudas de sus filiales españolas".

Junto con su demanda, Sarrió ha pedido el embargo preventivo para garanizar la eficacia de la sentencia, una solicitud que considera avalada por el artículo 1.400 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para supuestos como éste, en que el demandado es de nacionalidad extranjera.

(SERVIMEDIA)
04 Mar 1993
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