SANIDAD RECOMIENDA A LOS CIUDADANOS QUE VIAJEN AL EXTRANJERO IR PROVISTOS DE TODA LA DOCUMENTACION SANITARIA NECESARIA
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Con ocasión de las vacaciones veraniegas se produce un notable incremento de salidas al extranjero, el Ministerio de Sanidad y Consumo recuerda a todas aquellas personas que deseen llevar cubierta la atención médica que, si viajan a algún aís de la Unión Europea, deberán ir provistas de un impreso Formulario E-111 por si necesitan utilizar de modo inmediato asistencia sanitaria.
El Formulario E-111 es un impreso emitido por las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por que se acredita ser titular o beneficiario del país de origen (España) y que debe presentarse en el Centro Público donde solicite asistencia sanitaria junto con el documento acreditativo de identidad (DNI o pasaporte).
Según fuentes del Miniserio de Sanidad y Consumo, la validez del documento es de tres meses para asegurados activos y seis meses para pensionistas.
En caso de que se reciba asistencia sanitaria en centros privados en el extranjero, por urgencia vitual, las cantidades abonadas pueden ser solicitadas por la vía de reintegro de gastos, adjuntando facturas de los servicios recibidos, acompañadas de los informes derivados de la asistencia.
Además, el Ministerio de Sanidad y Consumo tiene convenios bilaterales con Andorra, Astria, Brasil, Chile, Ecuador, Finlandia, Marruecos, Panamá, Paraguay, Perú y Suecia. La asistencia sanitaria, en estos casos, debe ser inmediata necesidad. Para ello es necesario solicitar, previamente , el formulario correspondiente a cada país, en las oficinas del INSS.
(SERVIMEDIA)
13 Jul 1997
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