ROCIO JURADO PODRIA CONTRAER MATRIMONIO CON ORTEGA CANO EN SEIS MESES
-La nulidad definitiva podría conseguirse si no surgen problemas ante el Tribunal Interdiocesano de Segunda Instancia
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La cantante Rocio Jurado y el torero José Ortega Cano podrían contraer matrimonio dentro de seis meses, siempre que no urjan problemas en el proceso de nulidad matrimonial que lleva el Tribunal Interdiocesano de Segunda Instancia del Arzobispado de Sevilla, según informaron a Servimedia fuentes de esta institución religiosa.
El Tribunal Interdiocesano de Primera Instancia del Arzobispado de Sevilla ha concedido la nulidad del matrimonio canónico en primer grado de jurisdicción a la pareja formada por la cantante Rocio Jurado y Pedro Carrasco.
La causa se tramitará a continuación ante el Tribunal Interdiocesano deSegunda Instancia para su conocimiento y resolución en segundo grado de jurisdicción, proceso que dura aproximadamente 6 meses.
El proceso de nulidad, según fuentes del Arzobispado de Sevilla, se inicia al presentar la demanda una de las partes, una vez que la demanda es conocida por el otro miembro de la pareja se inicia el procedimiento denominado "formula de duda", en el que ambos esposos presentan sus pruebas sobre la demanda y sus confesiones.
"A continuación", señalan las mismas fuentes, "ls abogados realizarán sus alegaciones y finalmente 'el señor defensor del vínculo' tendrá que manifestar si se opone o no a declarar nulo el matrimonio y si ve algun tipo de problema en el proceso. Se volverá a dar un turno de replica a los abogados de la pareja y el proceso quedará visto para sentencia".
Concedida la nulidad del matrimonio canónico en primer grado de jurisdicción, si no se oponen las partes, el proceso pasa a Segunda Instancia. El fiscal emitirá un informe y si el "defensor del víncuo" ve que no ha habido ningún problema en primera instancia se confirma la nulidad por decreto.
APELACION EN LA ROTA
En caso de que se produjese algún problema en proceso, el caso pasaría a ser estudiado en el Tribunal de Apelación de La Rota, en Roma.
La inmadurez y la inadaptación a las obligaciones que comporta el matrimonio, sobre todo la indosolubilidad, son la causas más frecuentemente esgrimidas al pedir la declaración de la nulidad matrimonial. En este caso, las causas esgrimidas por Roío Jurado y Pedro Carrasco permanecen no pueden ser desveladas por el Arzobispado.
Según fuentes del Arzobispado de Sevilla, la declaración de nulidad no sólo se les concede a los famosos, ya que de los 170 casos que ha tramitado este tribunal en los primeros meses del año, la inmensa mayoría de las parejas no son personajes públicos.
(SERVIMEDIA)
21 Abr 1994
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