MADRID

LA RIOJA INICIA LA REGULARIZACIÓN DE VIÑEDOS ILEGALES PLANTADOS CON ANTERIORIDAD AL 1 DE SEPTIEMBRE DE 1998

SERVIMEDIA

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural del Gobierno de La Rioja, a través de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, ha iniciado el proceso para la regularización de superficies de viñedo ilegal plantadas en la región con anterioridad al 1 de septiembre de 1998.

Este proceso deriva de la aplicación normativa de la nueva OCM vitivinícola, complementada por disposiciones nacionales y autonómicas. El plazo de solicitud de regularización comienza hoy y finalizará el próximo 30 de junio.

En el caso del Gobierno de La Rioja, la orden establece los procedimientos administrativos que se deberán seguir para la regularización de plantaciones, dadas las competencias asumidas en materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias.

Conforme a la nueva orden, podrán ser inscritas en el Registro del Viñedo de la Consejería de Agricultura las parcelas plantadas de viña con variedades viníferas autorizadas para su plantación en La Rioja que se encuentren cultivadas y en adecuado estado de producción, plantadas con anterioridad al 1 de septiembre de 1998, no inscritas anteriormente en el citado Registro.

Para hacer efectiva la regularización será necesario el abono de una compensación económica equivalente al doble del valor medio de los derechos de replantación en La Rioja. En función al cómputo medio de este valor, fijado en 24.000 euros por hectárea, la citada compensación para la regularización ascenderá a 48.000 euros por hectárea.

La regularización será obligatoria para todas las parcelas de viñedo plantadas sin autorización antes del 1 de septiembre de 1998.

Las parcelas para las que no se solicite regularización deberán ser arrancadas antes del 1 de enero de 2010, aplicándose a partir de ese momento las pertinentes sanciones periódicas y regulares hasta el cumplimiento de la normativa, advierte el Gobierno de Pedro Sanz.

En el caso de parcelas que hayan solicitado regularizarse pero que no cumplan los requisitos y, por lo tanto, no obtengan la autorización correspondiente, contarán con dos meses desde la notificación para arrancar la plantación.

En cuanto al destino de los productos obtenidos de los viñedos plantados sin autorización hasta el momento en que se arranquen o sean regularizados, sólo podrá ser el de la destilación, sin poder utilizarse los productos resultantes de la misma para la elaboración de alcohol con un grado alcohólico volumétrico adquirido igual o inferior al 80 por cien.

(SERVIMEDIA)
19 Mar 2009
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