Discapacidad
La Rioja actualiza su normativa sobre el reconocimiento de discapacidad y la tarjeta de estacionamiento
- Para “garantizar la igualdad de trato de la ciudadanía”
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La Consejería de Salud y Políticas Sociales de la Rioja ha publicado el Decreto que establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad en la región, así como la tarjeta de estacionamiento para este colectivo, con la finalidad de “lograr una evaluación más completa y precisa de la situación de discapacidad y garantizar la igualdad de trato de la ciudadanía”.
Según informó este martes el Gobierno de La Rioja, con este decreto se regula la posibilidad de la tramitación urgente por razones de interés público relacionadas con la salud, la violencia de género u otras de índole humanitaria como, por ejemplo, para las personas con esclerosis lateral amiotrófica (ELA).
El Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, publicará esta semana en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR) el decreto, que incluye una definición nueva de la discapacidad, que contempla todos los factores ambientales, sociales, psicológicos, de apoyo y otros relacionados.
La finalidad Ejecutivo de La Rioja es “lograr una evaluación más completa y precisa de la situación de discapacidad y garantizar la igualdad de trato de la ciudadanía, así como homologar la regulación sobre la materia conforme a los estándares internacionales, garantizar la homogeneidad en las valoraciones llevadas a cabo en los distintos territorios del Estado y adaptar los baremos para la valoración de la situación de discapacidad a la CIF-OMS/2001”.
Los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad se constituyen como un órgano colegiado y estarán formados por profesionales del área sanitaria y con profesionales del área social: personal médico, psicólogos, terapeutas ocupacionales, fisioterapeutas, personal con titulación en grado de enfermería, trabajo social y cualesquiera que puedan considerarse.
Además, se podrá requerir la cooperación de las organizaciones sociales de la discapacidad, al objeto de informar, auxiliar, asistir o aportar conocimiento experto en todas las cuestiones relacionadas con la valoración de la discapacidad.
PLAZO MÁXIMO DE 15 DÍAS
Se podrán emitir certificados de discapacidad en el plazo máximo de quince días naturales siguientes al de la presentación de la solicitud donde se señalará el tipo o los tipos que determinan el grado de discapacidad reconocida, conforme a la información que conste en el expediente.
Además, a los niños y adolescentes con cáncer se les reconocerá como mínimo un 33% de discapacidad desde el momento del diagnóstico, con carácter revisable.
Con este decreto se modificará la regulación de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad. Tendrán derecho quienes presenten dificultades de movilidad para utilizar trasportes públicos colectivos, muestren en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, entre otras.
También las personas menores de edad con discapacidad o diversidad funcional podrán beneficiarse de dichas tarjetas, cuando sean acompañadas de una persona adulta. Excepcionalmente, con carácter revisable, los menores de 18 años con diagnóstico de cáncer, aun cuando no tengan reconocida la discapacidad, y estén en tratamiento de quimioterapia o radioterapia.
(SERVIMEDIA)
28 Ene 2025
ARC/clc