REORGANIZADA LA DELEGACION DEL GOBIERNO PARA EL PLAN NACIONAL SORE DROGAS

-Desarrollar las acciones y propuestas derivadas de acuerdos del grupo interministerial.

-Elaborar las propuestas de programa y actuaciones relativas a la lucha contra el tráfico y consumo de drogas y evaluar las realizadas por los diversos ministerios.

-Coordinar los servicios o unidades de los distintos departamentos ministeriales, otros organismos y administracines públicas en este ámbito.

-Coordinar la asignación de los recursos presupuestarios del Plan Nacional sobre Drogas.

-Realizar el estudio, evaluación y seguimiento de las actividades desarrolladas en el ámbito del plan.

-Participar en las reuniones de los organismos internacionales y en la aplicación de los acuerdos que de las mismas se deriven, sin perjuicio de la representación del Estado en el exterior atribuida al Ministerio de Asuntos Exteriores.

MADRID
SERVIMEDIA

El Ejecutivo aprobó hoy, en la reunión del Consejo de Ministros, un real decreto por el que se reorganiza la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, fijando las funciones del adjunto al delegado y suprimiendo la Subdirección General para el Plan y el Gabinete Técnico del Delegado.

La reorganización se ajusta a las finalidades establecidas en el real decreto 27/1990, por el que se creó la figura del adjunto al delegado del Gobierno para e Plan Nacional sobre Drogas.

El real decreto aprobado hoy establece las siguientes funciones para el delegado del Gobierno:

-Desarrollar las acciones y propuestas derivadas de acuerdos del grupo interministerial.

-Elaborar las propuestas de programa y actuaciones relativas a la lucha contra el tráfico y consumo de drogas y evaluar las realizadas por los diversos ministerios.

-Coordinar los servicios o unidades de los distintos departamentos ministeriales, otros organismos y administracines públicas en este ámbito.

-Coordinar la asignación de los recursos presupuestarios del Plan Nacional sobre Drogas.

-Realizar el estudio, evaluación y seguimiento de las actividades desarrolladas en el ámbito del plan.

-Participar en las reuniones de los organismos internacionales y en la aplicación de los acuerdos que de las mismas se deriven, sin perjuicio de la representación del Estado en el exterior atribuida al Ministerio de Asuntos Exteriores.

(SERVIMEDIA)
15 Feb 1991