REFORMAS LEGALES. LA AF APOYA LAS MEDIDAS PROCESALES QUE AGILICEN LA JUSTICIA, PERO PIDE PRUDENCIA EN LAS REFORMAS LEGALES

MADRID
SERVIMEDIA

El portavoz de la Asociación de Fiscales (AF), Miguel Colmenero, manifestó hoy a Servimedia que está de acuerdo con aquellas medidas procesales que sirvan para agilizar la justicia, pero pidió precaución antes de cambiar la ley.

Colmenero hizo estas manifestaciones en relación a los acuerdos alcanzados por el Pacto de Madrid par combatir el terrorismo y que se resumen en cuatro puntos: juicios rápidos; endurecimiento de las penas por delitos graves, como el asesinato o el secuestro cometidos por bandas terroristas; incremento de los castigos por amenazas y tipificación específica como delito de las contramanifestaciones.

Para Colmenero, sería necesario revisar el artículo 17 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, relativo a los delitos conexos, especialmente el punto 5, que obliga a que, por ejemplo, si una persona es acusadade participar en una algarada callejera, no se le puede juzgar por este delito hasta que no se termine de instruir la investigación sobre los daños que ha provocado el acusado.

A su juicio, sería positivo que se le juzgase primero por su participación en la algarada y que, mientras cumple condena, se continúe con las tramitiación de los procesos por los delitos conexos restantes, sin perjuicio de la ejecución de las penas.

Por otro lado, en relación a una tipificación más severa de delitos como aesinatos, secuestros o amenazas, Colmenero dijo que hay que ser "muy prudentes" antes de reformar el Código Penal y asegurarse de que dicho cambio es necesario y útil. "Primero hay que comprobar lo que da de sí la aplicación de la legalidad vigente", dijo.

Por último, Colmenero declaró que no es necesario tipicar la contramanifestación como delito, ya que el Código Penal tiene instrumentos suficientes para combatirlas, como son los delitos de manifestaciones ilícitas y de desórdenes públicos.

Segn Colmenero, con estas herramientas se podría conseguir la misma finalidad que tipificando la contramanifestación: la suspensión de las mismas y su disolución en caso de que se produzcan, porque, "en definitiva, se trata de concentraciones que tienden exclusivamente a impedir que los otros ciudadanos ejerzan su derecho cívico a manifestarse".

(SERVIMEDIA)
15 Jul 1997
VBR