MADRID

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA DOS LEYES DE CASTILLA Y LEON QUE AFECTAN A ARCHIVOS ESTATALES

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy dos acuerdos por los que se interponen sendos recursos de inconstitucionalidad contra las leyes autonómicas de Castilla y León de 22 de diciembre de 2004, por las que se modifican las normas de esa Comunidad Autónoma de Archivos y Patrimonio Documental y Cultural.

En ambos casos, el Gobierno entiende que invaden competencias reservadas al Estado al afectar a archivos de titularidad estatal.

La primera norma que recurre el Gobierno modifica el apartado 1 del artículo 47 de la Ley de Archivos y Patrimonio Documental de Castilla y León de 1991, y en ella se incluyen, dentro del Sistema de Archivos de Castilla y León, el Archivo General de Simancas, el Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, el Archivo General de la Guerra Civil Española en Salamanca y, en general, todos los archivos históricos de titularidad estatal y de interés para la Comunidad de Castilla y León existentes en su territorio.

El Gobierno entiende, siguiendo la doctrina del Tribunal Constitucional, que esta Ley de Castilla y León, al incluir en el sistema de archivos autonómicos unos archivos de titularidad y gestión estatales, estableciendo además un régimen jurídico sin que se recoja referencia alguna a la legislación estatal de aplicación a los mismos, ha extralimitado las competencias que asumió en su Estatuto de autonomía vulnerando las competencias estatales.

LEY DE PATRIMONIO CULTURAL

Por lo que respecta a la segunda de las leyes, modifica la Ley de 2002 sobre Patrimonio Cultural de Castilla y León. En la norma objeto del recurso se declara bien de interés cultural como colección, la documentación recogida en el Archivo General de Simancas, en la Real Chancillería de Valladolid y en el Archivo General de la Guerra Civil Española de Salamanca y, en general, todos los archivos históricos de titularidad estatal y de interés para la Comunidad de Castilla y León existentes en su territorio.

Según la doctrina del Tribunal Constitucional, la declaración de bien de interés cultural puede ser realizada tanto por la Administración General del Estado, en los casos previstos en la Ley 16/1985, como por las Comunidades Autónomas, en los demás supuestos.

El Gobierno estima que esta distribución de competencias, de acuerdo a la doctrina constitucional, no ha sido respetada por la Ley de Castilla y León y que, por tanto, la aplicación de esa norma a unos bienes integrados en archivos de titularidad estatal constituye una extralimitación competencial que vulnera las competencias constitucionales del artículo 149.1.28º de la Constitución Española, ya que la declaración de la documentación recogida en archivos de titularidad y gestión estatales corresponde realizarla al Estado y no existe en este caso competencia autonómica.

(SERVIMEDIA)
18 Mar 2005
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