Tribunales

El recurso de la Fiscalía ve “insuficientes” los indicios para imputar a Puigdemont en el 'caso Tsunami Democràtic’

MADRID
SERVIMEDIA

El recurso de la Fiscalía en el 'caso ‘'Tsunami Democràtic’ considera que los indicios para imputar al expresidente catalán Carles Puigdemont son “insuficientes” y se opone a la resolución dictada el pasado lunes por el juez instructor Manuel García-Castellón, en la que le citaba como imputado por presuntos delitos de terrorismo, junto a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y una decena de personas más.

El Ministerio Público presentó este viernes el recurso de apelación contra el auto del titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, en el que considera que la Audiencia Nacional no es competente en esta causa al no apreciar indicios del delito de terrorismo.

La Fiscalía entiende que las actuaciones llevadas a cabo en el marco de las diligencias incoadas hace cuatro años “no han arrojado elementos que permitan sostener la existencia de una organización o grupo criminal, ni tampoco su carácter terrorista que es lo que justificaría la competencia de la Audiencia Nacional”.

El fiscal considera que en los hechos recogidos en la causa no se han acreditado jerarquías, ni distribución de funciones entre los investigados, ni la existencia de un órgano directivo, ni tampoco la perpetración concertada de diferentes hechos delictivos, requisitos necesarios, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, para encontrarnos ante una organización criminal.

Los únicos hechos delictivos que se deducen de los actuados en la causa serían los llevados a cabo en el aeropuerto de El Prat y en el puesto fronterizo de La Junquera, constitutivos de desórdenes públicos graves, tras la derogación de la sedición.

INVESTIGACIÓN POR TERRORISMO

El fiscal interpone recurso directo de apelación, ya que el instructor dio traslado a la fiscalía del informe final de recapitulación de los hechos efectuado por las fuerzas policiales el día 3 de noviembre. El instructor dictó la resolución que ahora se recurre el día 6 de noviembre, primer día hábil siguiente a dicho traslado, considerando por ello estéril la interposición previa de recurso de reforma contra dicha resolución.

El recurso de reforma es un mecanismo por el que el Ministerio Público se puede oponer a las decisiones de una instancia judicial que sería la encargada de resolver el recurso, pero en este caso, ha optado por el recurso de apelación que deberá ser resuelto por la Sala de lo Penal.

El juez García-Castellón acordó dirigir la investigación por las actuaciones de la plataforma Tsunami Democràtic contra Puigdemont, Rovira y otras diez personas por indicios de un delito de terrorismo tras recibir un informe de la Guardia Civil. A partir de ese momento, el magistrado solicitó informe a la Fiscalía para que calificase los hechos.

Sin embargo, el lunes pasado el juez dictó un auto, en el que considera que hay indicios de que los líderes independentistas imputados habrían tenido conocimiento de las actividades de Tsunami y habrían hecho labores de enlace entre la organización y los responsables políticos. El juez considera que se les podría atribuir un delito de terrorismo, sin esperar a conocer la posición de la Fiscalía.

COMPARECENCIA VOLUNTARIA

En su auto, el magistrado ofrece a Puigdemont, al tratarse de un miembro del Parlamento Europeo, y antes de cursar el correspondiente suplicatorio, la posibilidad de comparecer voluntariamente ante la Audiencia Nacional, tal y como establece el artículo 188 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La resolución acuerda citar como investigados a Marta Rovira, Josep Lluís Alay, Oriol Soler Castanys, Xavier Vendrell Segura, Marta Molina Álvarez, Josep Campmajó Caparrós, Jesús Rodríguez Sellés, Jaume Cabani Massip, Oleguer Serra Boixaderas y Nicola Flavio Giulio, y califica los hechos de forma indiciaria como de terrorismo.

(SERVIMEDIA)
10 Nov 2023
SGR/nbc