Discapacidad

Las reclamaciones de dependencia serán mucho más ágiles con la reforma procesal que impulsa Llop

MADRID
SERVIMEDIA

Las reclamaciones para la atención a la dependencia serán mucho más ágiles con la Ley de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia, cuyo proyecto fue aprobado este martes por el Consejo de Ministros para su remisión al Congreso.

Esta reforma elaborada por la titular de Justicia, Pilar Llop, será enviada para su tramitación parlamentaria junto al proyecto de ley de Eficiencia Organizativa, que también recibió este martes el visto bueno del Gobierno.

Uno de los cambios que introduce la Ley de Eficiencia Procesal afecta a la atención a la atención a la dependencia, ya que se contempla que las reclamaciones en este ámbito pasen de la jurisdicción contencioso-administrativa a la social.

Fuentes de Justicia informaron a Servimedia de que la atribución al orden jurisdiccional social de las cuestiones relacionadas con la Ley de Dependencia se había acordado en el año 2011, pero no había entrado en vigor. En esa fecha se suspendió la entrada en vigor de esta disposición, que con la reforma empezará a aplicarse.

DEPENDENCIA Y DISCAPACIDAD

Desde el departamento de Llop se explicó que serán “muchos” los beneficios de que las reclamaciones referidas a la aplicación de la Ley de Dependencia sean atendidas por la jurisdicción social.

En concreto, desde Justicia se resalta que el ámbito social es “mucho más ágil” y “está regido por el principio de oralidad”, lo que supone que “siempre va a llevar a un contacto más directo del juez con el conflicto y las partes”.

A lo anterior se suma que no es necesario comparecer con abogado y que el desequilibrio entre las partes es menor (administración y dependiente), ya que “en el orden y en todo el derecho social rige principio 'pro trabajador', lo que se traduce que en la resolución del conflicto y en el procedimiento mismo la interpretación será en favor del dependiente”.

Otras ventajas son la disminución de costes y cargas para litigar y que los demandantes “pueden acumular sus pretensiones en materia de discapacidad y dependencia en un solo procedimiento y no como ahora, que dependencia va a contencioso y discapacidad a social”.

(SERVIMEDIA)
14 Abr 2022
NBC/clc