PSOE. LOS SIMPATIZANTES DEL PSOE PODRAN SER "CONSULTADOS" EN LAS ELECCIONES PRIMARIAS
- No obstante, el órgano convocante decidirá en cada ocasión el papel de los simpatizantes
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El derecho de los simpatizante del PSOE en las elecciones primarias se limitará, en principio, a "ser consultados" sin que su voto sea vinculante, a diferencia de los militantes. No obstante, el órgano convocante de las primarias tendrá potestad para determinar en cada ocasión el papel que se otorga a los simpatizantes.
En el 35 Congreso Federal el PSOE modificó la nomenclatura para distinguir entre dos tipos de afiliados: los militantes, que pagan una cuota anual y que tendrán más derechos y deberes, y los simpatizantes, unidos cn el partido por una relación más flexible y sin aportación económica.
En el Reglamento de primarias, que debe ser aprobado mañana por el Comité Federal, se establece que los electores en estos procesos serán los militantes. Sin embargo, se precisa que en el caso de las primarias para la Presidencia del Gobierno, de comunidades autónomas y de alcaldías podrán participar los afiliados (es decir, militantes y simpatizantes) "de acuerdo con lo que a estos efectos establezca el Comité Federal".
Fuents consultadas por Servimedia explicaron que este párrafo significa, en la práctica, que de modo general sólo los militantes podrán ser electores en las primarias, pero el Comité Federal puede decidir que, ante unas determinadas elecciones, la consulta a los simpatizantes sea también vinculante. Esto será posible porque se dejará en manos del órgano convocante de las primarias la determinación del papel que juegan los simpatizantes.
El Reglamento específico de afiliados distingue claramente entre militntes y simpatizantes. A los primeros les otorga el derecho "a ser candidato y elector en cuantos procesos electorales internos y externos se planteen, sin veto o reparo alguno que suponga discriminación o ventaja, salvo las limitaciones que se establezcan en los Estatutos y la normativa del Partido en razón de antigüedad en la militancia o por incompatibilidad".
Por tanto, en principio sólo la antigüedad y estar al corriente del pago de la cuota será requisito para que los militantes puedan ser candidtos o electores en las primarias.
Sin embargo, el derecho de los simpatizantes en este punto se limita a "poder ser consultados en elecciones internas que se realicen por el procedimiento de primarias, según se determine en la normativa reguladora del mismo".
Para ello, deberán cumplir la condición necesaria de tener una antigüedad de seis meses de pertenencia al partido en la condición de simpatizante.
El Reglamento de afiliados otorga a la Comisión Ejecutiva Federal, a través de la Secretaía de Organización, la facultad de emitir dos recibos anuales con el correspondiente cargo bancario al militante. Si no son abonados se procederá a causar baja por falta de pago y pasará automáticamente al censo de simpatizantes.
Entre los derechos comunes de militantes y simpatizantes figuran el de recibir formación política o técnica que permita "la lucha por el socialismo", ser informado de las decisiones e iniciativas del partido, participar en organizaciones sectoriales, y hacer manifestaciones pblicas y juicios de valor de forma libre, leal y rsponsablemente con los límites del respeto a la dignidad de las personas y a los acuerdos adoptados de forma democrática por los órganos del partido.
(SERVIMEDIA)
31 Ene 2002
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