EL PSOE PROPONE QUE EL ESTADO GARANTICE EL PAGO DE ALIMENTOS A LOS HIJOS EN CASO DE SEPARACION O DIVORCIO
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El Grupo Parlamentario Socialista ha presentado en el Congreso una proposición de ley en la que establece que el Estado garantice, a través de un fondo creado a tal efecto, el pago de pensiones alimenticias a los menores de edad en caso de separaión o divorcio de sus progenitores.
Esta iniciativa propone la creación de un Fondo de Garantía de Pago de Alimentos, que debería gestionar el Ministerio de Economía, y que se encargaría de garantizar el pago de las pensiones reconocidas judicialmentea favor de hijos menores de edad, mediante un sistema de anticipos, cuando el miembro de la pareja obligado a satisfacer la pensión no compla con su deber.
Según los socialistas, el Fondo debería dotarse con dinero procedente de los Presupuestos Geerales del Estado y con las cantidades procedentes de los reintegros a los que quedarán obligados los deudores.
La proposición de ley establece como límite para que los posibles beneficiarios puedan recibir las ayudas, que los ingresos de la unidad familiar no superen la cantidad establecida en la Ley Reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para la obligatoriedad de efectuar declaración. Establece también que la unidad familiar no tenga bienes patrimoniales distintos de la residecia habitual.
Los criterios para la determinación del importe de los anticipos serán las pensiones mínimas contempladas por la normativa vigente en casos similares y, por asimilación, las pensiones de orfandad. También se tendrá en cuenta la cuantía reconocida por alimenteos como límites máximos en función del número de hijos, y de la fijada en convenio regulador judicialmente aprobado.
De igual modo, para acceder a estas ayudas se exige haber instado la ejecución judicial de las pensiones pendienes y que ésta se haya resuelto sin efecto. En casos de especial precariedad, no será necesario esperar a que concluya el proceso de ejecución, y está prevista la concesión de ayudas provisionales, para las que sólo se requerirá una resolución judicial reconociendo el derecho a alimentos.
(SERVIMEDIA)
28 Jun 2002
SGR